Durante la jornada de este jueves se conoció la admisión del recurso de protección presentado por los familiares de militares detenidos en Punta Peuco contra la presidenta Michelle Bachelet, para que se pronuncie por la petición de indulto realizada por estos presos a través de su abogado. La Presidenta tiene cinco días hábiles para hacerlo luego de ser informada, una vez que retorne de su gira internacional.
Una problemática que ha abierto un debate en torno a si estos criminales debieran o no ser beneficiados con un cambio en las condiciones en las que cumplen sus condenas, y que -paralelo a lo legal- ha conseguido en algunos casos tensionar la lógica sobre quién es hoy la víctima y quién el victimario cuando se entra en la discusión de las violaciones a los derechos humanos.
El tema de derechos humanos asedia a la Presidencia los últimos días. En Suiza sesionó excepcionalmente el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, a propósito de la presencia de la mandataria. Previo a su intervención, a través de un video, el Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU, Zeid Ra’ad del Hussein, realizó un breve balance en el que, además de referirse a la preocupación que mantienen sobre el trato a los pueblos indígenas, en particular en la zona en La Araucanía, apuntó a la situación judicial de los militares condenados por violaciones de los derechos humanos en Chile.
Mirada internacional: no relativizar la historia
En la ocasión, Zeid señaló que “demasiadas familias todavía no saben la verdad sobre lo que le pasó a sus seres queridos”. Por este motivo, dijo, “cualquier medida potencial de perdón o liberación anticipada para los perpetradores debe considerarse cuidadosamente a la luz de las normas internacionales de los derechos humanos”.
Al respecto, el abogado especializado en derechos humanos y querellante en casos como Caravana de la Muerte y Milocogate, Cristián Cruz, es crítico. Consultado por El Ciudadano, apunta a que “a la luz del derecho internacional, no corresponden los beneficios de indulto a violadores de derechos humanos y criminales de guerra o terroristas de Estado”. Junto con ello, especificó que esta normativa “ha sido asimilada por el derecho interno”.
Por su parte, la presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD), Lorena Pizarro, comparte esta aproximación. Señala que “los criminales nazi no murieron en la cárcel porque hubiera espíritu de venganza o inhumanidad, sino por la gravedad y magnitud de los delitos cometidos”, los que -añade- serían “los mismos cometidos por estos militares (chilenos)”.
Agrega que es imperativo mirar el problema desde la óptica del Derecho Internacional, pues de otro modo “se transformaría en una batalla de bandos y eso siempre termina en empate”.
En particular, agrega que el Derecho Internacional no se refiere a “enfermos terminales” cuando se trata de “genocidas”. En cambio, sostiene que lo importante es “el objetivo superior y la no repetición de los crímenes”. En consecuencia, añade, “no resulta de interés la edad de los condenados”. Por último, enfatiza que “para acceder a beneficios, los condenados deben haber cumplido parte importante de la pena, haber colaborado de manera efectiva con la verdad, desarticular los aparatos represivos y facilitar el avance en otras causas en las que estén involucrados». Ello -dice- «denotaría arrepentimiento efectivo». Algo que en Chile, no obstante, no ha sucedido.
El riesgo de que se avance en una perspectiva distinta, releva la dirigenta, va más allá de “una operación de impunidad para evadir la Justicia y conceder la libertad”, sino que “lo que estamos enfrentando es una victimización y operación de impunidad” orientada a “tergiversar la realidad y la historia” de nuestro país». Pizarro apunta a que «se invierten los principios éticos, de justicia, de quienes fueron los asesinados, los torturados”, en favor “de quienes han guardado silencio, que cometieron atrocidades que uno no puede contar a sus propios niños por lo terribles y aberrantes que son”.
En ese mismo sentido, el abogado Cristian Cruz apunta que “lo que no puede permitir esta sociedad es que los asesinos queden como víctimas”.
En cambio, las condiciones de los militares condenados mantienen dos rasgos que desmienten una supuesta afección de su dignidad: el especial recinto carcelario en el que transcurre su privación de libertad y la estrategia judicial seguida por los condenados las últimas décadas.
Dilación judicial y beneficios carcelarios
Cruz apunta que Punta Peuco es un recinto carcelario que “sobrepasa los estándares para considerarla adecuada”. Enfatiza que “el Instituto Nacional de Derechos Humanos habla de que tienen televisores plasma, canchas de tenis, etcétera”. Lorena Pizarro suma en ese sentido que la forma de vida en el penal “es a tal punto lujosa que una gran parte de la población en Chile no tiene acceso a eso. No todos tenemos ese tipo de mobiliario, acceso a la salud, al interior y fuera del penal, etcétera”.
Ello habría sucedido gracias a una política de “otorgar beneficios que no tiene ningún preso en el mundo”, dice. Una situación, prosigue, “que nos hace dudar del derecho de igualdad ante la ley”.
Cruz, por su parte, pone en relieve el modo en que los militares enfrentaron sus casos judiciales. En especial, apunta a la dilación de los procesos. Lo resume bajo la siguiente imagen: “Recién transcurridos 30 años del último caso de detenido desaparecido, se logra dictar una sentencia por la cual una treintena de agentes deberán entrar a la cárcel a cumplir condenas. Pero ni siquiera han entrado y ya están excusándose de que están viejos y enfermos”.
Por ello, continúa, “su situación es resultado de su accionar. El resto de los argumentos no van al fondo del asunto”. “Junto al Estado hicieron lo posible y lo imposible para inhibir la acción de justicia por 20, 30 o 40 años”, cuestiona. «De todos modos -agrega- esta estrategia dilatoria no solo es de los militares, sino del aparato en general: el Ejército, las Fuerzas Armadas, sectores de las iglesias Católica y Evangélica, operaron”.
Lorena Pizarro coincide con esta afirmación y señala que “hay que denunciar la anuencia activa del Poder Judicial respecto a la impunidad de los violadores de los derechos humanos. El Poder Judicial no fue un cómplice pasivo durante la dictadura, sino parte del andamiaje terrorista”.
Ello se articularía con el principio de “pacto de silencio” en las Fuerzas Armadas, del cual se puede afirmar su existencia -argumenta- porque “cada cierto tiempo hay un destello de información, a veces de un ex conscripto u otro, que da cuenta de que hay más información y que se sabe”. Ello echaría por la borda el principio de colaboración con la Justicia de parte de los militares. “Esa política no es más que la continuidad de la política de genocidio, que en el período democrático asume la forma de impunidad”, subraya Pizarro.
En ese sentido, sostiene Cruz, eso se traduce en la negativa señal que, en definitiva, se envía a quienes “optaron por la vía judicial” y no por “hacer justicia con sus propias manos». El abogado lo ejemplifica de la siguiente forma: “Se roba una gallina, una bicicleta, no pagues Transantiago y te caerán las penas del infierno, incluso podrías llegar a morir quemado al interior de una cárcel, como en San Miguel. Pero comete crímenes de lo más aberrantes, apodérate y enriquecete del Estado, crea terror y te beneficiarás con la impunidad”.