Justicia condena a carabineros (r) a 15 años por homicidios de dos pobladores de Conchalí

La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a los miembros en retiro de Carabineros René Ortega Troncoso y Fernando Durán Concha a penas de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los homicidios calificados de José Alejandro Tapia Muñoz y Héctor Juan Malvino Campos, ilícitos perpetrados el 8 de […]

Justicia condena a carabineros (r) a 15 años por homicidios de dos pobladores de Conchalí

Autor: Felipe Menares

La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a los miembros en retiro de Carabineros René Ortega Troncoso y Fernando Durán Concha a penas de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los homicidios calificados de José Alejandro Tapia Muñoz y Héctor Juan Malvino Campos, ilícitos perpetrados el 8 de octubre de 1973, en la población Santa Mónica de Conchalí.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal rechazo los recursos de casación en el fondo presentados por las defensas de los expolicías.

En la sentencia de primera instancia, el ministro en visita Mario Carroza dio por establecido que en la madrugada del 8 de octubre de 1973, los funcionarios de Carabineros de la Tenencia ‘Eneas Gonel’ Luis Fernando Donoso Concha, Onofre Roberto Andrade Bahamonde y Luis Bravo Hernández, dirigidos por el teniente René Ortega allanaron sin orden judicial y armados, la propiedad ubicada en calle Río Amazona N° 3662, de la población Santa Mónica, comuna de Conchalí.

Al interior de dicho domicilio, los policías procedieron a detener a los moradores José Alejandro Tapia Muñoz y Héctor Malvino Campos, «a quienes sacan de la propiedad y les ordenan subir a una camioneta marca Ford, color blanco, y bajo custodia los trasladan hasta un lugar desconocido, sin informarles a ellos ni a sus familiares a dónde se les trasladaba», consigna el fallo confirmado.

La resolución agrega que: «días después, los familiares de las señaladas víctimas, encuentran sus cuerpos sin vida en el Instituto Médico Legal, cuyos Protocolos de Autopsia, signados con los números 3194/73 y 3195/73, indican como fecha de fallecimiento de Héctor Juan Malvino Campos el día 08 de octubre de 1973, a las 03:00 horas, en la vía pública y, como causa de muerte ‘múltiples (treinta y dos) heridas de bala con entradas y salidas de proyectiles, distribuidas en ambas extremidades superiores e inferiores, tórax, abdomen y cráneo encefálicas’ y, para el caso de José Alejandro Tapia Muñoz, como fecha de fallecimiento el día 08 de octubre de 1973, en la vía pública y, como causa de muerte ‘heridas de bala (cuatro), transfixiante, tóraco abdominal, cervicales, facio-cervical y branquial'».


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