El Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno acogió este miércoles la denuncia de tutela laboral interpuesta en contra de la Municipalidad de Osorno por Juan Carlos Velásquez Mancilla, funcionario que por más de 32 años se desempeñó en la casa edilicia y que ejerció el cargo de concejal, tras lo cual fue desvinculado, decisión que «estuvo fundada en motivos de opinión política, alterando su empleador de esta forma la igualdad de trato en el empleo», sostiene el fallo.
El fallo, dictado por el magistrado Hernan Valdevenito Carrasco, acogió la acción judicial presentada por Velásquez Mancilla, ordenando a la Municipalidad de Osorno pagar una indemnización cercana a los 14 millones de pesos, más reajustes e intereses, tras conocer la prueba testimonial y documental de ambas partes y establecer que el despido del demandante se realizó con infracción a la ley, vulnerando su derecho de igualdad y no discriminación.
«Que, atendido el mérito de los argumentos esgrimidos, en el caso de autos el trabajador, apoyado por la regla de los indicios que sólo lo obligan a corroborar la posible existencia de un clima vulneratorio de su derecho a la igualdad y no discriminación en el empleo, ha logrado demostrar la discriminación indirecta de que fue víctima al habérsele excluido de su cargo que detentaba por una medida o decisión aparentemente neutra (causal de despido Necesidades de la empresa), pero en los hechos estuvo fundada en motivos de opinión política, alterando su empleador de esta forma la igualdad de trato en el empleo», expresa la resolución.
Agregando que «consecuentemente, se dará lugar a la denuncia por vulneración de derechos fundamentales por discriminación política interpuesta por el actor y, por ende, habiendo resultando improcedente la causal de despido invocada para desvincular al actor, se procederá condenar a la demandada a pagar el 30% de la indemnización por años de servicios (…)».
Por lo tanto, concluye el fallo: «se acoge, la denuncia de tutela de derechos fundamentales deducida por don Juan Carlos Velásquez Mancilla y, en consecuencia, se condena a la Ilustre Municipalidad de Osorno, Corporación Edilicia de Derecho Público, representada legalmente por su alcalde, don Jaime Alberto Bertín Valenzuela, declarándose que el empleador lesionó el derecho fundamental del trabajador de igualdad y no discriminación y, consecuencialmente, su derecho a la libertad de trabajo con ocasión de su despido, al ser éste un acto discriminatorio fundado en razones de opinión política».