La Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto de ley que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, para garantizar el acceso de las personas sordas a la totalidad de la programación televisiva.
El texto establece la definición de personas con discapacidad auditiva; sordas; intérprete en lengua de señas chilena; y facilitadores en lengua de señas chilena. Asimismo, se dispone que solo los intérpretes inscritos en el Registro Nacional de la Discapacidad podrán ejercer este rol en los canales de televisión.
La iniciativa indica que toda la programación televisiva deberá ser transmitida o emitida en lengua de señas chilena y adicionalmente en otro mecanismo de comunicación audiovisual. No podrán existir excepciones respecto de ningún tipo de programación, sea ésta de contenido musical, deportivo, infantil, que se emita o transmita en un idioma distinto al español, o que se emita o transmita en determinado horario.
En tanto, el Consejo Nacional de Televisión estará encargado de fiscalizar la aplicación de la legislación de inclusión social de personas con discapacidad, para garantizar el acceso de las personas sordas a la totalidad de la programación televisiva.