Por decisión del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, los menores de edad identificados con las iniciales M.J.L.G. y A.E.T.P. fueron condenados a la sanción de cinco años de internación en régimen cerrado, en calidad de autores del delito consumado de violación.
La decisión de los magistrados Pamela Quiroga Lorca (presidenta), Nelson González Valenzuela y Rafael Andrade Díaz (redactor) fue unánime y dio por acreditados los hechos más allá de toda duda razonable.
Según el fallo, aproximadamente a las 15 horas del 16 de marzo de 2015, «en un sitio eriazo, ubicado en Lo Echevers con Los Flamencos, en la comuna de Quilicura, los acusados MJLG y AETP, aprovechando que la víctima (…), nacida el 13 de agosto de 2001, se encontraba privada de sentido, la accedieron carnalmente vía vaginal”.