La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la empresa Latam Airlines Group S.A. a pagar una multa de 50 UTM -unos 2 millones 330 mil pesos– y una indemnización de $971 mil aproximadamente, por infringir la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores.
La demanda fue presentada por Lylian Contreras Silva, quien exigió la devolución del importe pagado por pasajes del tramo Santiago-Bogotá-Miami programados para junio de 2016, los que no utilizó posteriormente debido al fallecimiento de su pareja, quien haría uso de uno de los tickets.
La resolución estableció que Latam «infringió el artículo 3 letra b) de la mencionada ley que dispone que son derechos y deberes básicos del consumidor (…) el derecho a una información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios ofrecidos, su precio, condiciones de contratación y otras características relevantes de los mismos, y el deber de informarse responsablemente de ellos».
En ese sentido, la resolución especificó que la denunciante «no sólo no fue verazmente informada del sistema utilizado por la empresa para reversar el pago efectuado mediante Tarjetas de Crédito, sino que fue informada de que se le reversaría el importe de pasaje mediante vale vista, lo que no ocurrió».
En otras palabras, el problema radicó en que a Contreras se le reversó el dinero de su pasaje a la tarjeta de crédito de su pareja fallecida, y no a través de un vale vista como debió haber ocurrido. Lo anterior, porque si bien ambos tickets fueron comprados con la tarjeta de la pareja de la mujer, eso no lo constituyó en propietario de los pasajes, debiendo considerarse entonces aquel emitido a nombre de Contreras como dominio de esta última.