La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, el 4 de abril pasado, que condenó a los ejecutivos de la empresa FIT Research Corredores de Bolsa S.A. a penas de 5 años, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva.
En fallo dividido, la Quinta Sala del tribunal de alzada, confirmó la sentencia que, en procedimiento abreviado, condenó a José Francisco Montaner Reyes, Ricardo Montaner Lewin y Gerardo Rojas Zegers como autores de los delitos de estafa reiterada, proporcionar maliciosamente antecedentes falsos a la SVS y actuar como corredores de bolsas, pese a tener la inscripción respectiva suspendida. Ilícitos perpetrados entre 2013 y 2015.
La sentencia descartó infracción de ley en la resolución apelada, que condenó a Montaner Reyes, Montaner Lewin y Rojas Zegers, tras dar por acreditado que desde: «(…) agosto del año 2013 en adelante, los acusados… a sabiendas y en pleno conocimiento que FIT RESEARCH CORREDORES DE BOLSA S.A. se encontraba suspendida de realizar actividades comerciales en bolsa y fuera de ella… desplegaron una serie de maniobras engañosas, ya que se presentaban ante el mercado y sus clientes como una empresa exitosa, solvente y sólida, aparentando que seguían actuando en el mercado bursátil… así como bienes y créditos que en la especie no tenían, captando nuevos clientes y más inversiones… para lo cual falsearon sistemáticamente sus antecedentes financieros, tales como los denominados ‘índices financieros'».
Resolución que agrega: «Así los clientes aportaron fondos a la corredora, en la creencia que serían destinados a la adquisición de valores intermediados por FIT Research Corredores de Bolsa S.A., y recibir en tiempo pactado el capital invertido más el interés pactado, en circunstancias que la corredora no tenía desde los inicios de las inversiones la capacidad financiera, por lo que no podría responder por la operaciones una vez liquidadas estas, o bien, simulaban operaciones emitiendo documentos que aparentaban el negocio, destinando los fondos a fines diversos».
El fallo es categórico al señalar que los acusados, «para llevar a cabo sus fines de captar clientes e inversiones, en conocimiento de no contar con la capacidad financiera y en vigencia de la suspensión antes señalada, ejerciendo así la actividad de corredores de bolsa de forma clandestina; instruyeron y dieron órdenes a las sucursales y sus empleados, de que debían captar la mayor cantidad de clientes posibles ofreciendo una tasa de interés mensual más atractiva que la del mercado, ofreciendo la realización de inversiones en operaciones ‘simultánea’, entre otras modalidades, a un interés muy conveniente y superior a las tasas que a esa fecha ofrecían los Bancos en operaciones de renta fija».