La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a la concesionaria del aeropuerto de Santiago a indemnizar a víctimas afectadas por la caída de pasarela en el terminal aéreo, el 27 de febrero de 2010.
En fallo unánime, el máximo tribunal rechazó el recurso de casación deducido en contra de la sentencia que condenó a la empresa concesionaria SCL Terminal Aéreo Santiago S.A.
El fallo se refiere a «la anómala construcción durante el año 2000 de la pasarela N°2, en el sentido que ésta no estaba contemplada en el diseño original del terminal aeroportuario y que sus soportes eran preexistentes, a diferencia de las tres restantes que sí fueron parte del proyecto original y construidas en conformidad a él, cuya data se remonta a 1993». Estas últimas, «no sufrieron daños luego de ocurrido el terremoto», se afirma.
Agrega la Corte Suprema que «la falta de una permanente vigilancia sobre la estructura material de la edificación, constituyeron los antecedentes basales que el tribunal consideró suficientes para establecer la responsabilidad en la caída de la pasarela, análisis racional que se sostiene sobre la base de un razonamiento que reúne elementos de carácter objetivo, pero que a la vez se manifiesta como un ejercicio presuntivo sobre el cual el sentenciador tiene derecho y las atribuciones necesarias para sostener dicha conclusión».