Corte de Apelaciones ratifica multa a matinal ‘Mucho Gusto’ por exhibir «conducta con características sexuales»

La Corte de Apelaciones de Santiago a confirmado la multa de 100 UTM (4, 7 millones de pesos) impuesta a Mega por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) por el capítulode ‘Mucho Gusto’  emitido el pasado 4 de abril de 2017 que mostraba a María José Quintanilla y Joaquín Méndez bailando

Corte de Apelaciones ratifica multa a matinal ‘Mucho Gusto’ por exhibir «conducta con características sexuales»

Autor: CVN
CVN

La Corte de Apelaciones de Santiago a confirmado la multa de 100 UTM (4, 7 millones de pesos) impuesta a Mega por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) por el capítulode ‘Mucho Gusto’  emitido el pasado 4 de abril de 2017 que mostraba a María José Quintanilla y Joaquín Méndez bailando.

El documento emitido sostiene que ambos comunicadores  “bailaron al son de una música divertida y sin otra razón que la diversión comenzaron a tocarse las nalgas con la mano, mutuamente de manera aleatoria y fugaz, acción espontánea y voluntaria”.

En fallo unánime, la segunda sala del tribunal consideró que las imágenes merecen la sanción impuesta por «vulnerar el proceso de formación de niños y adolescentes», tal y como recoge BioBioChile.

«Que, tal como lo ha expuesto el Consejo Nacional de Televisión, mediante la conducta expresada por los panelistas del programa Mucho Gusto efectivamente se ha afectado la formación intelectual y espiritual de la niñez y de la juventud, al exhibir una conducta que manifiesta de manera inequívoca características sexuales, que importan la vulneración del proceso de formación de los menores, pues con esta se tiende a normalizar una situación que de modo alguno puede considerarse habitual o normal”, indica el documento.

 

“No se trata de un abuso ni de un acto de violencia propiamente tal, fue un juego desprovisto de situaciones negativas. Como se trata de un programa de responsabilidad compartida, se sugiere que los menores observen el programa en compañía de un adulto”, aclara la resolución publicada.

 

El fallo sostiene que el tribunal comparte la decisión del CNTV de desestimar los descargos realizados por la cadena, los cuales buscaban trasladar la responsabilidad del contenido al espectador, puesto que esta justificación no consideraría «que innegablemente la emisión del programa se materializó en horario de protección a los menores de edad, restando importancia a conductas que la sociedad mediante diversas instancias ha intentado erradicar e impedir, en pro de la formación intelectual y espiritual de la niñez y de la juventud y el respeto que toda persona merece por su calidad de tal”.


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