Aprueban artículos del proyecto de Ley de Parto Humanizado

Esta ley busca promover y garantizar los derechos de las familia venezolanas, especialmente en el proceso de gestación y concepción de un niño

Aprueban artículos del proyecto de Ley de Parto Humanizado

Autor: Luis Yañez

De manera unánime fue aprobada en la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), Venezuela, los primeros 15 artículos del proyecto de Ley de Promoción y Protección del Parto y Nacimiento Humanizado que busca promover y garantizar los derechos de las familia venezolanas, especialmente en el proceso de gestación y concepción de un niño, según artículo 1 y 2 del reglamento.

Delcy Rodríguez, presidenta de la ANC anunció que los otros artículos que conformarán parte de este reglamento jurídico serán debatidos para su aprobación la próxima semana, donde habrá una sesión especial.

Durante una lectura del documento en la sesión, se conoció que este decreto tiene por objeto “promover, proteger y garantizar el derecho humano de quienes integran las familias a una gestación, parto y nacimiento humanizado a los fines de generar las expresiones de desarrollo de las relaciones humanas fundadas en el amor, afecto, seguridad, solidaridad, respeto recíproco y esfuerzo común en la gestación, parto, nacimiento y postparto».

Asimismo, se apreció en el artículo 3 que este decreto debe ser cumplida por las personas jurídicas públicas y privadas, inclusive por los centros de salud venezolanos que atienden a las mujeres embarazadas como a los recién nacidos.

Los principios del parto y nacimiento humanizado que en torno a la seguridad y necesidades de la madre, el padre y sobre todo el recién nacido se encuentran en el artículo 4 y 5 de la ley.

Mientras que en el artículo 6 se establece que la aplicación e interpretación de esta ley constituirá siempre al beneficio de a protección de los derechos humanos de las mujeres embarazadas, durante la gestación así como trabajo de parto y postparto, además de a preservación de l vida del recién nacido.

En los artículos 7 y 8 se plantea el trato que deben recibir la familia en los centros sanitarios públicos y privados en relación al parto y embarazo. En cambio, el artículo 9 refrenda que todo venezolano teien derecho a estar informado y ser orientado en este tema.

Los demás artículos precisan el control prenatal, capacitación de la gestación del parto, nacimiento y cuidado al bebé así como las responsabilidades de los profesionales de la salud en atención digna, personalizada y fraterna a la mujeres embarazada, al hombre, el niño y la familia.

Este proyecto fue entregado el 8 de marzo por el presidente Nicolás Maduro, líder de la Revolución Bolivariana en la Asamblea Nacional Constituyente, a fin de garantizar la protección de los niños y mujeres y evitar el maltrato en la labor de parto.


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