Con fecha 29 de marzo, Juan Carlos Gajardo, miembro del pueblo Mapuche, interpuso una nulidad de orden público internacional (NOPI) ante el juez partidor Claudio Pino Sáez, con el fin de que sea resuelta por la Corte de Apelaciones de Talca. En el caso, Gajardo lucha por salvar su casa, que ha sido el hogar de su familia por décadas, ante las pretensiones del especulador financiero Juan Bilbao Hormaeche de adjudicarse el bien.
Cabe recordar que Juan Bilbao fue formado en el mundo de la bolsa por el actual Presidente de la República, Sebastián Piñera. Según una publicación de El Mostrador, Bilbao era uno de los “chicos listos” de Piñera, por la rapidez con la que aprendía la actividad bursátil.
Según explica el abogado Fernando Leal en el escrito, quien representa a Gajardo, “la acción internacional interpuesta, contiene una aseveración pionera y jurídicamente inédita en la esfera de los tribunales chilenos, cual es que el tema del conflicto mapuche debió haberse resuelto por medio de tratados celebrados entre El Estado de Chile y las Naciones Aborígenes que habitan el territorio nacional, particularmente en lo referido a la temática de las tierras y bienes inmuebles aborígenes de afección ancestral (sic)”.
La acción interpuesta persigue que se anule todo lo obrado y se declare la incompetencia absoluta del juez partidor. Aducen que el proceso debió tratarse ante una sede especialista en temas aborígenes, en razón de un tratado celebrado entre el Estado chileno y las Naciones Aborígenes que habitan este territorio.
Bilbao tiene su historia
Bilbao formó parte de Citicorp junto a Sebastián Piñera, entidad que en la época referida fue sancionada por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) por no llevar libros de operaciones actualizados, mantener vigentes operaciones de compromiso de compraventa con instrumentos no permitidos, efectuar una operación con precio fuera del prevaleciente en el mercado, no informar de todas sus operaciones y anticipar operaciones de compromiso de compraventa sin previa información a los clientes.
En 2014, Bilbao Hormaeche fue demandado por el regulador de valores norteamericano Securities & Exchange Commission (SEC), que lo acusó de uso de información privilegiada en una operación que le permitió embolsarse US$ 10 millones. En octubre de 2015, logró un acuerdo con la SEC, debiendo pagar US$13 millones.
Consecuencias
Según explica el abogado Leal, la acción internacional solicita que los tribunales chilenos requieran que el presidente Piñera solicite al Sistema Interamericano la Opinión Consultiva de rigor, para lo cual invoca profusa jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Lo anterior implica –según sostiene Leal– que tanto los tribunales chilenos como el Presidente de la República, no pueden negarse a requerir la referida Opinión, en caso de dudar o discrepar de las argumentaciones del recurrente internacional. En este sentido, el abogado apunta al deber de prevenir violaciones al “Corpus Iuris Interamericano”, ya que -dice en el escrito hecho llegar a este medio- «no hacerlo implicaría incurrir en un notable abandono de deberes, por incumplirse la obligación establecida en el inciso segundo del artículo 5 de la Constitución, lo cual a su vez es causal de destitución del cargo”.
Por otra parte, el jurista señala que la acción internacional interpuesta hace un paralelismo con el trasfondo de la Contienda Internacional entre Bolivia y Chile, tramitada ante la Corte Internacional de La Haya, en virtud de la cual el Estado altiplánico invoca una norma de derecho interno –de irrenunciabilidad a la soberanía del mar– para hacerla prevalecer respecto del Tratado firmado con Chile, sobre lo cual nuestro país se ha defendido invocando el respeto irrestricto a los Tratados Internacionales, frente a normas internas de los países, en este caso de Bolivia.
“Dado lo anterior, la acción internacional interpuesta deja entrever, que la pretensión de Juan Bilbao Homaeche, y de una eventual sentencia judicial chilena que lo respalde, es hacer prevalecer normas internas de un Estado (Chile) por sobre un Tratado Internacional (C.A.D.H.), que es la misma doctrina sostenida por Bolivia (conforme a su normativa interna de irrenunciabilidad a la soberanía del mar) respecto del Tratado firmado con Chile”, fundamenta el abogado.
“Es decir, que la doctrina de Juan Bilbao (y eventualmente la de los tribunales chilenos que lo respalden en esta litis) le da la razón a Bolivia; mientras que la aseverada por Juan Carlos Gajardo Poblete (recurrente internacional) le da la razón a Chile (pues es la posición sostenida por nuestro país para defenderse internacionalmente de Bolivia)”, agrega Fernando Leal.
El Ciudadano