La Corte Suprema condenó a la Municipalidad de Nogales por la contaminación producida a través del vertido de aguas servidas al estero El Garretón. De este modo, la administración comunal deberá reparar los agravios ecológicos ocasionados desde 2011.
El fallo se produjo después de un recurso presentado por la junta de vecinos del sector. El máximo tribunal determinó que «verter aguas servidas sin tratamiento desde el año 2011 al estero El Garretón afecta significativamente el ecosistema del lugar […] y en especial, la vida de las personas y animales que habitan en la comunidad aledaña».
De hecho, un informe de investigación de la Contraloría Regional de Valparaíso de mayo de 2012 ya alertó de la superación de los parámetros máximos establecidos, algo que fue ratificado por la SEREMI de Salud. Además, el Servicio Agrícola Ganadero lo denunció también en 2013 «debido a que se trataba de aguas que debían servir para el riego y bebida de animales», según se expone en el fallo judicial.
Por su parte, la municipalidad nunca negó los hechos, aunque sí trató de disminuir su importancia, refiriéndose a ellos como «hechos puntuales». No obstante ello, la alcaldía se verá obligada a reparar el daño ambiental mediante «un estudio de la calidad de las aguas superficiales y subterráneas que incluya un plan de monitoreo durante un lapso de 3 años, informando a la Dirección Regional de Aguas, Servicio Agrícola y Ganadero y Superintendencia del Medio Ambiente, cada seis meses dichos resultados, por los dos primeros años», tal como indica la resolución.