El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) denunció ante la justicia a las empresas Entel, Movistar y WOM por publicidad engañosa al ofrecer planes supuestamente “ilimitados”. El Servicio realizó estas acciones legales luego de realizar un estudio publicitario que detectó que las compañías denunciadas incumplieron la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC), al no entregar información veraz y oportuna e incurrir en publicidad engañosa y falta de comprobabilidad.
Dichas compañías ofrecían distintos servicios descritos como “ilimitados” en el mensaje principal de sus piezas publicitarias, sin embargo, tanto en la letra chica del anuncio como en las condiciones dispuestas en sus sitios web, las ofertas presentaban diversas limitaciones.
En el caso de Entel, la empresa a través de la campaña denominada “CONEXIÓN_ILIMITADA” ofrecía en forma destacada un “PLAN ILIMITADO”, que contiene “GIGAS Y MINUTOS ILIMITADOS”. No obstante, en las condiciones de la oferta la compañía indica que “…incluye llamadas de voz originadas y terminadas dentro de Chile en una cantidad ilimitadas de minutos hasta 300 números distintos de destino en un mes. Una vez excedidos estos 300, comenzarán a cobrarse a $99 el minuto”, contradiciendo el ofrecimiento definido como ilimitado.
Por su parte, Movistar en su publicidad denominada “Actualízate con los nuevos Planes ilimitados”, ofrecía “GIGAS ILIMITADOS”, además de “Minutos y sms ilimitados”. Sin embargo, en la letra chica del anuncio informa las siguientes limitaciones: “…reducción de la velocidad de bajada hasta 256kbs en el evento que el consumo supere los 40 GB en el tráfico total, del mismo modo que los minutos ilimitados aplican sólo para un máximo de 300 números, aumentando la tarifa superado ese límite”.
Asimismo, la compañía WOM, en su publicidad denominada “¿ERES CULPABLE DE QUERER GIGAS ILIMITADOS?” ofrecía “Promoción gigas ilimitados en red 4G por un año vigente hasta el 30/11/2017, contratando un plan multimedia”. No obstante, al revisar las condiciones dicha proveedor expresa que “A efectos de gestionar y administrar la red para evitar casos de congestión de la misma, se podría disminuir al usuario la velocidad a un máximo de 256 kbps de descarga y subida a los usuarios que hayan consumido más de 50 GB dentro de su período de facturación…”.
Ante estos hallazgos, las tres compañías denunciadas arriesgan multas, en el caso de Entel y Movistar hasta 1.600 UTM, mientras que WOM 850 UTM.
El Ciudadano
Fuente: SERNAC