Con el respaldo del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), la pareja lésbica formada por Mayra Opazo y Constanza Monsalves presentó este viernes en la Corte de Apelaciones de Santiago un recurso de protección, luego de que -según acusan- el Registro Civil se negara a inscribir a ambas como madres de un niña de 11 años, Martina.
Las denunciantes explican que si bien el Registro Civil inscribió a la niña con los apellidos de ambas mujeres, solo reconoció legalmente a una de ellas como madre, aún cuando juntas desarrollaron todo el proceso de inseminación artificial y son convivientes civiles.
En el recurso, patrocinado por la abogada del Movilh, Carolina Etcheverry, la pareja de 9 años de relación señaló que tras el largo proceso de inseminación artificial, “el 17 de abril del 2017 por fin pudimos conocer a nuestra hija, siendo el día más feliz de nuestras vidas; pudimos finalmente tomarla, acariciarla, decirle lo mucho que la amábamos”.
“Siempre fue un proceso de dos, pensamos cómo se iba a llamar, dónde la íbamos a tener, leímos juntas cómo cuidarla y criarla. Martina tiene dos mamás, así lo siente ella y es la verdad”, explicaron Mayra y Constanza.
«Un acto claramente discriminatorio»
Sin embargo, según detallan, el Registro Civil de Viña del Mar se negó en dos ocasiones a inscribir a ambas mujeres como madres, posibilitando que solo lo hiciera Constanza, en razón de que fue ella quien dio a luz. “Esto nos pareció un acto claramente discriminatorio, pues si se hubiese tratado de una pareja heterosexual sometida al mismo procedimiento de inseminación que nosotras, ningún problema habrían tenido de inscribir a ese hijo o hija”, apuntaron.
La vocera del Movilh, Cristina Poblete, precisó que “Chile tiene una deuda con las familias homoparentales, pues no garantiza igualdad de derechos a nuestros hijos e hijas. Los vacíos legales siempre se interpretan contra los derechos de padres gays o madres lesbianas y esto no puede seguir ocurriendo”.
En el recurso de protección se alegó que si bien en Chile está prohibida la adopción homoparental, en ningún caso eso impide que un niño o niña tenga dos madres o padres, cuando uno/a de ellos es el biológico, y el otro/a participó de todo el proceso del embarazo.
Poblete concluyó que, por el contrario, «negar la inscripción de dos madres o dos padres violenta la igualdad ante la ley y la integridad física y psíquica de las persona y la protección de la familia, derechos garantizados en la Constitución, así como en la Convención de los Derechos del Niño -en particular el derecho a la identidad y el interés superior de los menores de 14 años-, todo lo cual ha señalado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y violenta los tratados ratificados por Chile y que se enmarcan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en la Convención Americana de Derechos Humanos”.