Fondos Subvención Escolar Preferencial: ¿Por qué la CONACEP y el MINEDUC piden más flexibilidad?

El Diario La Tercera del día 7 de Mayo del 2018, publica que un monto $ 862

Fondos Subvención Escolar Preferencial:  ¿Por qué la CONACEP y el MINEDUC piden más flexibilidad?

Autor: paulwalder

El Diario La Tercera del día 7 de Mayo del 2018, publica que un monto $ 862.200 millones de pesos no se gastaron entre 2014 y 2016 de los fondos de la Subvención Escolar Preferencial (SEP), destinados a los estudiantes más vulnerables de las escuelas chilenas. La respuesta del Subsecretario de Educación es que es debido a la poca flexibilidad y  ““el diseño de esa subvención implica una serie de rigideces para los sostenedores, que en muchos casos les impide sacar el mejor provecho posible de la subvención, y lo que los datos muestran es que del orden de un 30% de los recursos totales de la SEP los sostenedores no los gastan, y hay fuertes razones para pensar que el motivo de ese freno está en las excesivas rigideces que tiene el diseño de la subvención”.1

Estas declaraciones son extremadamente livianas y exime a cualquier responsabilidad a los Sostenedores, especialmente privados en gasto correcto de la subvención SEP. Desde el año pasado el Colegio de Profesores ha estado haciendo un seguimiento de los usos que le hacen a los Sostenedores de los Fondos de la Subvención Escolar Preferencial.

   Primero, es de extrañar que los Sostenedores soliciten mayor flexibilidad en el uso de los recursos SEP siendo que son justamente ellos que planifican y aprueban el plan de gastos de sus escuelas por medio del Plan de Mejoramiento Educativo (PME). No es el Ministerio de Educación o la Agencia de Calidad que visa el plan, sino los mismos Sostenedores con el apoyo (se supone) de la comunidad educativa. El régimen de gastos no se asigna desde el Estado, lo impone el propio Sostenedor, libre y soberanamente.2

Se suma a que la Ley 20.529 suprimió la obligación de verificar el cumplimiento global de los Convenios de Igualdad de Oportunidades, por parte del MINEDUC, manteniendo la facultad de verificar la implementación del PME. (Ex art. 29 b) parte final). Eliminó obligación del MINEDUC de aprobar los PME de los EE. (Ex. Art. 19).Eliminó la supervisión de la ejecución de los PME y del cumplimiento del convenio, así como la obligación de informar el grado de avance de estos al sostenedor y a la comunidad escolar. (ex. Art. 29 letra c).2

Segundo, la Ley SEP ya ha tenido 2 modificaciones para darle mayor flexibilidad a los gastos de los Sostenedores en el año 2012 y 2014. La Ley original del 2008 permite gastos en aéreas Gestión del currículum, Liderazgo Escolar, Convivencia escolar las modificaciones permitían sumar preparación y capacitación de   equipos directivos incentivo a desempeño de equipos directivos, docentes y otros. Fortalecimiento de instrumentos de apoyo como bibliotecas, computadores, internet, talleres, fotocopias, papelería, internet, redes, buses de transporte escolar, viáticos, etc. A saber, la Ley 20.550  rebaja de 5 a 2 años el lapso que los sostenedores deben mantener a disposición del MINEDUC el estado anual de resultados. Flexibiliza uso de recursos SEP permitiendo contratación de asistentes de la educación y otros profesionales y permitió gastos  de hasta por un 15% de la Subvención SEP “en fines distintos a los establecidos en el Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia”.3

Tercero, los planes de gastos son tan flexibles que al 4to año del uso de los recursos SEP el Ministerio de Educación o Agencia de Calidad   exige a los Sostenedores haber gastado, a lo menos, un 50% de los recursos de la Subvención SEP, para los establecimientos incorporados hasta el 26 de octubre de 2011. Para los incorporados (desde esa fecha, deberán rendir al menos el 70% de los recursos. La Ley 20.550  permitió reducir la acreditación del gasto (realizados hasta agosto de 2011) de un 70% a un 50%, para la primera renovación de los convenios. 3

 

Cuarto ¿en qué no pueden gastar los fondos SEP los sostenedores? El propio Ordinario 324 de la Superintendencia de Educación señala que frente a las limitaciones sobre el uso y destino de estos fondos, establece que no se aceptará la compra de bienes inmuebles, como casas u oficinas; el pago de deudas previsionales; el pago de asignaciones específicas y/o especiales (leyes 19.410-19.933 – 19.464, BRP, Bonos de escolaridad, Bonificación de Excelencia, Aguinaldos, entre otros); gastos de operación propios del sostenedor, DAEM o municipio que no sean causados por implementación directa de los PME y la creación, ampliación o mantención de establecimientos educacionales. Tampoco financiar con estos recursos, estudios de postgrado ni los que digan relación con la obtención de un grado académico. Tampoco se aceptarán gastos sin documentación de respaldo y gastos efectuados fuera de la vigencia del plan creado por el propio Sostenedor.4

  Quinto.El Colegio de Profesores desde el año 2013 ha estado monitoreando el uso de los gastos SEP tanto a nivel de las escuelas. Y ya está acreditado que al año 2013 las escuelas particulares Subvencionadas de la Región Metropolitana no habían acreditado gastos por 23 mil millones de pesos (33% de la subvención SEP) 5

En  un análisis realizado por el Colegio de Profesores a diciembre del 2017- de una muestra de 41 colegios particulares subvencionados de la Región Metropolitana concluye que en los últimos cuatro años casi se ha duplicado el monto de la SEP que no ha sido invertido en mejorar la calidad educativa de los niños, pasando de $7.800 millones en 2013 a $13.500 millones el 2016.6

De los colegios examinados, los que acumulan el mayor monto son el Marista Marcelino Champagnat de La Pintana, que pasó de $429 millones no ejecutados en 2013 a $828 millones en 2016; el Jorge Huneeus, de la misma comuna, con $779 millones sin usar en 2016; y la Escuela Particular La Frontera de Cerro Navia, con $496 millones sin ser ejecutados.

La leyes de la Subvención Escolar Preferencial han sido flexibilizados al máximo y cuesta imaginar que acciones y requerimientos no pedagógicos sean necesarios destinar para mejorar la educación de los estudiantes.

Por último, si al año 2017 los montos no ejecutados de la Subvención Escolar preferencial alcanzan $862 mil millones de pesos, es esencialmente producto de la pésima gestión pedagógica de los Sostenedores, que justamente a ellos se les asigna la potestad exclusiva  protegida constitucionalmente- la sacrosanta “libertad de enseñanza”–  del uso de los recursos que le entrega el Estado. Son ellos que piden esos montos voluntariamente, elaboran un Plan de Mejoramiento y lo ejecutan. Solo se les pide que rindan los dineros debidamente documentados año tras año. Más aún, cada período vemos que  les dan plazos  más laxos, toda vez que no remiten las rendiciones a la Superintendencia. De hecho al 30 de Marzo del 2018 deberían haber enviados su rendiciones de cuentas y se le ha ampliado el plazo al 30 de Abril y luego al 30 de Mayo. En miles de casos no entregan las rendiciones con el visto bueno del Director de la Escuela ni hacen la rendición frente a las comunidades educativas. Peor aún, la Superintendencia tiene ya 1 año (desde Abril del 2017) la página de rendiciones de cuentas de las escuelas en modo “se encuentra temporalmente en mantención7.  Por tanto, nadie más conoce las rendiciones de cuentas que los propios Sostenedores y algún funcionario de la Superintendencia de Educación. Y la respuesta de la Superintendencia es que como aún están en procesos de rendiciones de cuentas, no se pueden publicar las rendiciones desde el año 2009 en adelante.

Los Sostenedores en especial los Particulares Subvencionados han tenido flexibilidad de sobra y la laxicidad y blandura de la Superintendencia para dar plazos. Por años han tendido tanta flexibilidad que incluso muchos sostenedores han usado las platas SEP para sus empresas de gestión educativas propias gastándose 70% hasta el 90% de los fondos SEP asignados en sus empresas relacionadas.8

Sin embrago, ya la Contraloría General de la República desde la salida de Ramiro Mendoza ha cambiado su criterio y  comenzado  a fiscalizar  las escuelas Subvencionadas encontrando variadas faltas e incumplimientos de la Ley SEP .9

Sin embargo, en vez de hacerse una “mea culpa” la CONACEP , que agrupa a los Sostenedores privados le carga la responsabilidad al Estado ya que­­ – según este grupo de interés-  le impone leyes rígidas e inflexibles. Su falta de autocritica es evidente, así como exigen a los docentes cumplimientos de estándares y un régimen laboral exigente, por otra lado se victimizan, ocultando  su pereza, falta de creatividad y buena gestión en los usos de los dineros SEP, debido “a las leyes poco flexibles”. 

En vez de ser una desafío en corregir su mala gestión de los recursos los Sostenedores de la CONACEP desean convencernos que no son culpable del no uso de esos 800 mil millones de pesos, que no pudieron usarlo en contratación de nuevos docentes, psicólogos y asistentes, de disminuir las horas lectivas y alumnos por cursos, de aumentar las salidas pedagógicas, de comprar más libros y datas, de perfeccionar al cuerpo directivo, más pasantías y congresos. No, la CONACEP con convence que su gestión pedagógica privada está atada, no a las leyes del mercado sino a la eterna burocracia del Estado en lo cual el Ministro de Educación le debe pedir perdón.

 

1 http://www.latercera.com/nacional/noticia/28-los-recursos-ninos-vulnerables-no-gastado-los-colegios/155579/#

2 https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1028635

3 https://www.camara.cl/pdf.aspx?prmID=25894&prmTIPO=DOCUMENTOCOMISION

4 https://www.supereduc.cl/wp-content/uploads/2016/11/ORD_324_INSTRUYE_SOBRE_USO_RECURSOS_SEP.pdf

5 http://ciperchile.cl/2015/09/30/escuelas-no-rinden-uno-de-cada-tres-pesos-que-entrega-el-estado-para-ninos-vulnerables/

6 http://www.economiaynegocios.cl/noticias/noticias.asp?id=420645

7 https://www.supereduc.cl/fiscalizacion/revise-su-colegio/

8 http://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2014/09/30/el-flamante-negocio-de-los-sostenedores-de-colegios-con-las-ate-y-la-subvencion-escolar-preferencial/?v=desktop

9 https://www.contraloria.cl/SicaProd/SICAv3-BIFAPortalCGR/faces/detalleInforme?docIdcm=88995438940372e7b1dbb1f2e295f414&_adf.ctrl-state=zqef55v7p_3

 

 

 

 

Mario Aguilar Arévalo.

Presidente del Colegio de Profesores de Chile.

 

Alvaro Mardones Rivera.

Investigador Depto. Educación Colegio de Profesores de Chile


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