La Corte Suprema, máximo tribunal del país, rechazó los recursos de protección presentados por ex funcionarios y organizaciones gremiales de Gendarmería contra la decisión de la Contraloría que estableció un límite en las pensiones para el personal en retiro.
Recordemos que este tema se hizo público a raíz de la millonaria pensión de Myriam Olate, ex esposa de Osvaldo Andrade (PS), quien se retiró de la subdirección técnica de Gendarmería con una pensión de nada menos que 5,6 millones de pesos.
Pero, el decreto que establecía esta suma a Olate, al igual que otros 90 decretos, fue objetado por Contraloría en julio de 2016, fijándose un monto tope de 60 UF, cerca de 1,5 millones de pesos. El dictamen de la Contraloría, además, hizo que Gendarmería desafiliara de Dipreca a Olate, al percatarse que no cumplía con los requisitos, siendo traspasada al sistema de AFP, misma situación que vivieron otros funcionarios.
Así, la polémica de los «jubilazos en gendarmería» escaló hasta tribunales, con la presentación de un recurso de protección por parte de 8 ex funcionarios en contra de los dictámenes de Contraloría. La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso y ordenó restituir las pensiones a los funcionarios en retiro.
Finalmente, este miércoles, la Corte Suprema, en forma unánime, rechazó estos recursos y descartó un actuar arbitrario de la Contraloría al fijar en 60 UF el límite de las pensiones de retiro. En esa línea, el máximo tribunal subrayó que «corresponde exclusivamente a la Contraloría General de la República la facultad de fijar el sentido y alcance de las normas que versen sobre la materia».
«En ejercicio de dicha facultad, el Contralor General de República, en su oportunidad, emitió el dictamen N°42.701 de 2016, que determinó el correcto sentido y alcance de las normas contenidas en el artículo 6 inciso 4 de la Ley N° 19.200 y en el artículo 9 de la Ley N° 18.675, que, en síntesis, hacen aplicable, el tope de 60 UF a las pensiones de retiro del personal de Dipreca y de Gendarmería de Chile, respecto de funcionarios cuyos servicios estuvieren afectos a la Escala Única de Sueldos del Decreto Ley N°249 de 1973», concluyó el fallo.