Las comunidades indígenas tienen el derecho de contar con profesionales en educación, que provengan de su misma etnia y preferiblemente nativos de la Reserva Indígena China Kichá, determinó la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica .
La sentencia aclara que en el proceso de nombramientos de personal docente en centros educativos ubicados en zonas indígenas, no se puede utilizar los mismos parámetros que se emplean para este procedimiento en otros recintos escolares del país, pues debe resguardarse la especificidad cultural y el principio de idoneidad no puede aplicarse en detrimento de los derechos humanos de las comunidades indígenas.
“Con lo anterior no se busca desconocer la preparación académica para evaluar la idoneidad para un puesto, pero no se puede imponer a dichas comunidades un educador que no cuenta con el visto bueno de sus representantes, cuando estos han invocado como fundamento de su recomendación derechos sustanciales propios de la especificidad cultural, pues hacerlo así constituiría un acto violatorio de sus derechos fundamentales”, señaló la sentencia.
El fallo determina que lo recomendable es la contratación de personas cercanas a la identidad cultural de cada la comunidad autóctona.“No debe perderse de vista que cada comunidad se considera única en cuanto a sus costumbres e identidades, de aquí la razón para dar preferencia a las personas que posean la mayor afinidad cultural y étnica con la respectiva comunidad”, indica el texto.
El cantón josefino de Pérez Zeledón es un territorio donde abunda la pobreza ya que los nativos de esa zona perdieron el 98% de las 1.200 hectáreas que abarca su territorio. Hoy, solo quedan unas 30 familias indígenas que residen en una sola hectárea, denunció el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).