La Sala Constitucional de la Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por organizaciones ecologistas y ciudadanas en contra del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de Aysén por la aprobación del Informe Consolidado del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico Río Cuervo.
En fallo dividido, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda y Alfredo Pfeiffer acogieron la acción cautelar presentada por una serie de grupos representados por la Corporación Fiscalía del Medio Ambiente.
El fallo determina el actuar ilegal del SEIA al aprobar el Informe Consolidado desconociendo un Informe del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) que recomendaba no aprobar un estudio de suelo.
La Central tendría una capacidad instalada de 640 MW y se ubicaría al interior de la comuna de Puerto Aysén, en la Región de Aysén.
La entrada en operaciones de Río Cuervo se preveía para el 2019 y la obra considera una inversión estimada de US$ 733 millones.
En el fallo, los jueces de la Tercera Sala señalan que «el ICE adolece de ilegalidad por haber ignorado la recomendación del Sernageomin y no contener el estudio de suelo indicado, que a juicio de esta Corte, resulta imprescindible para que el proyecto pueda ser sometido a la aprobación o rechazo de la Comisión de Evaluación Ambiental. Por tanto, la situación descrita refleja la infracción de los artículos 24 y 27 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, otorgando mérito suficiente para acoger la acción constitucional impetrada», dice el fallo.
La sentencia agrega que «la ilegalidad descrita constituye una amenaza a las garantías constitucionales de un medio ambiente limpio y protegido por el ordenamiento jurídico, ya que se ve amenazado por el proyecto en cuestión, sin que se adopten medidas claras, específicas y efectivas de mitigación o compensación. Lo mismo sucede con la integridad física de las personas que viven en las comunas donde se emplaza el proyecto», consigna la sentencia.
Asimismo, los jueces ordenan que «se deja sin efecto el Informe Consolidado de la Evaluación, de veintiocho de diciembre pasado, disponiéndose que, previo a la evacuación del instrumento que servirá de base a la votación de la Comisión de Evaluación Ambiental respecto del proyecto «Central Hidroeléctrica Cuervo», el titular del mismo –Energía Austral Limitada- deberá realizar el estudio de suelo pertinente, el que deberá ser incluido por la parte recurrida en el informe que se someta a dicha votación» aclara el fallo de mayoría.
La decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Carreño y Pierry que fueron del parecer de confirmar la resolución de la Corte de Apelaciones de Coyhaique que había rechazado el recurso.
Por su parte, el representante de Patagonia Sin Represas, Patricio Rodrigo, señaló que, si bien este fallo judicial representa «un avance, de todas formas el país necesita una nueva política eléctrica y no dejar todo en manos del mercado».
Asimismo, criticó a las autoridades regionales que aprobaron este proyecto hidroeléctrico y aseguró que ellas «han pecado de una real ignorancia, porque no conocen el sistema de evaluación de impacto ambiental que eminentemente tiene un carácter preventivo. El sistema está hecho para evaluar con antelación (…) no pueden ellos decir “después vamos a ver qué pasa con el impacto”.
«Aquí hay grandes fallas geológicas que ponen en riesgo no solamente al medioambiente y su biodiversidad, sino que la vida de la población», sentenció.
El Ciudadano