El presidente Nicolás Maduro anuncio que postergará la entrada en vigor de la reconversión monetaria para el próximo 20 de agosto de manera definitiva, con la circulación y emisión del Bolívar Soberano, del nuevo cono monetario, que estará anclado a la cotización del Petro.
En una transmisión conjunta de radio y televisión, el Jefe de Estado explicó que la reconversión monetaria tendrá dos componentes: el cambio del cono monetario y la reducción de cinco ceros a la moneda venezolana.
Eso significa que un producto o servicio que valga 500.000 bolívares, al 20 de agosto serán cinco bolívares soberanos. De esta manera se simplificarán las transacciones monetarias y el registro contable de las operaciones.
Además, el Primer Mandatario anuncio que el Bolívar Soberano tendrá como base de cambio en divisas al Petro, eso significa que la moneda estará anclada al valor del Petro y éste se determina según la cotización el valor de la cesta petrolera.
Valor respaldado en reservas petroleras
Otro de los puntos que se sancionó fue la la propuesta del Banco Central de Venezuela (BCV) y el gabinete económico de entregar a la institución financiera, a través de PDVSA, un bloque completo de reservas petroleras certificadas.
Se trata del Bloque Ayacucho II, área Ayacucho de la Faja Petrolífera del Orinoco consistente en 29 mil 298 millones de barriles petroleros como parte de la emisión de activos financieros y de las reservas financieras del BCV.
Proyecto constituyente
El Mandatario dijo que presentará ante la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) un decreto, para su discusión y revisión profunda, sobre ilícitos cambiarios ajustado a «las políticas del nuevo comienzo», con el propósito de incentivar y permitir la inversión en moneda extranjera y elimina las barreras de ilícitos cambiarios correspondientes a otros tiempos y entrar en una nueva etapa que permita el libre flujo de esa inversión que necesita el país.
Otro de las acciones de Maduro tiene que ver con la promulgación de un decreto para proceder a exonerar de impuestos y de gravámenes a la importación de todo los bienes de capital, materia prima, insumos, agro insumos, repuestos, maquinarias y equipos, productos manufacturados según los códigos arancelarios, que deban emitirse en los respectivos ministerios e instituciones tributarias del país, por un periodo de un año.
El Presidente de la República emitió otro decreto para activar de manera inmediata el Censo Nacional del Transporte en todas sus modalidades, que incluye al sector privado y personal-motos y carros- a todo el sistema de transporte: mototaxis, taxis, carritos por puesto, autobuses, y toda la movilidad de carga, desde encomienda hasta el sector de alimentos, bienes y servicios.
Esta es la segunda vez que se posterga la entrada en vigencia de la reconversión monetaria que estaba prevista para el 4 de junio y fue prorrogada por 60 días, es decir para el 4 de agosto.