A través de una declaración pública, el consejo del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) se refirió a los recientes fallos de la Corte Suprema que han otrogado libertad condicional para siete criminales de la dictadura: Gamaliel Soto Segura, Manuel Pérez Santillán, José Quintanilla Fernández, Hernán Portillo Aranda, Felipe González Astorga, Emilio De la Mahotiere González y Moisés Retamal Bustos.
El organismo manifestó su comprensión respecto a los efectos que han tenido las resoluciones del máximo tribunal sobre los familiares de las víctimas de violaciones a los DDHH. La institución “comprende y comparte el dolor que ha producido en las víctimas y familiares que durante décadas han buscado la verdad y la justicia respecto a las graves, masivas y sistemáticas violaciones a los derechos humanos ocurridas en nuestro país”, se lee en la declaración.
En relación a los beneficios carcelarios para criminales de lesa humanidad, el INDH reconoce que “si bien, de acuerdo al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, toda persona tiene derecho a acceder a ellos, es importante recordar que, en el caso de graves, masivas y sistemáticas violaciones a los derechos humanos, existen requisitos diferenciados que es deber de los poderes colegisladores regular adecuadamente”.
Declaración Pública Consejo INDH por beneficios a personas condenadas por violaciones a derechos humanos https://t.co/n34HUN1kgU
— INDH Chile (@inddhh) August 6, 2018
“Entre estos requisitos, el INDH ha afirmado que debe considerarse la especial gravedad del delito; haber escuchado a las víctimas o sus familiares; también que el condenado haya expresado su voluntad de cooperar con la investigación, y que la conducta del condenado durante su detención revele un auténtico arrepentimiento y en ningún caso conlleven impunidad”, agregó la institución pública.
En este sentido, el organismo instó a todos los poderes del Estado “a abordar y regular las libertades condicionales y las rebajas de condena conforme a los principios del Derecho Internacional de los Derechos Humanos vigente, diferenciando entre delitos comunes y las violaciones a los derechos humanos”.
“Lo anterior no solo se vincula con la obligación de brindar justicia y reparación a las víctimas sino también con el cumplimiento de la garantía de no repetición de estos graves delitos”, sostuvo el consejo del INDH.