Trabajadores de la U. Católica del Maule rechazan dictamen que les impide negociar colectivamente

Esta semana, las directivas de los dos sindicatos de la Universidad Católica del Maule, que agrupan al 60% de los trabajadores del plantel, entregaron una carta en la Seremi del Trabajo de Talca, en la que solicitan la derogación del artículo 304, inciso tercero, del Código del Trabajo, pues a su juicio, dicha legislación atenta […]

Trabajadores de la U. Católica del Maule rechazan dictamen que les impide negociar colectivamente

Autor: Absalón Opazo

Esta semana, las directivas de los dos sindicatos de la Universidad Católica del Maule, que agrupan al 60% de los trabajadores del plantel, entregaron una carta en la Seremi del Trabajo de Talca, en la que solicitan la derogación del artículo 304, inciso tercero, del Código del Trabajo, pues a su juicio, dicha legislación atenta contra la negociación colectiva.

La presentación tiene lugar luego de un dictamen de la Corte de Apelaciones de Talca, el cual falló a favor de la universidad, que buscaba, justamente, no llevar a cabo el proceso de negociación colectiva, amparándose en el mencionado artículo.

Al respecto, el académico de la U. Católica del Maule, Marcelo Rioseco, quien acompañó a la Directiva del Sindicato en la entrega de la carta, explica que “la interpretación de la ley que están dando algunas Cortes de Apelaciones, entre ellas la de Talca, va incluso más allá de lo que buscaba la Dictadura, que la creó. En el fondo dice que cuando las empresas reciben ingresos del Estado por más de la mitad de su presupuesto en un año, pueden prescindir de la negociación colectiva con sus trabajadores”.

“Esta restricción se incorporó, obviamente, para proteger los intereses del Estado. Pero no tiene lógica una ley que permite la negociación colectiva, en términos generales, pero que, para resguardar los intereses de los dueños de una empresa, la prohíbe cuando los ingresos de dicha empresa superaran el 50% de productos o servicios contratados por el Estado”, señala el profesor.

“Pero, si así fuera -añade Rioseco-, los dueños de una importadora que vende ropa a una municipalidad, o una empresa de eventos que organiza fiestas para una repartición de funcionarios públicos, podrían apelar a una especie de derecho especial, contenido en el artículo 304, el derecho a no negociar con sus trabajadores. Es completamente absurdo y se aleja de los principios más básicos de la libertad sindical. Es incomprensible que un tribunal se haya pronunciado, exactamente, en este sentido”.

Por ello, Rioseco advierte que el dictamen de la Corte de Apelaciones de Talca “abre una puerta que es bastante insólita, pues si nosotros revisamos el fallo, se deja la posibilidad a que prácticamente cualquier empresa pueda negarse a la negociación colectiva apelando a este artículo”.

Otro punto -no menor- es que el fallo, además, “se contradice con un fallo anterior del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, que recoge totalmente lo contrario, porque en el fondo se está vulnerando un derecho fundamental, que es el derecho a negociar colectivamente que tienen los trabajadores”, detalla Rioseco.

“Ahora los funcionarios de la U. Católica del Maule quedamos impedidos de poder negociar. No podemos negociar como funcionarios públicos tampoco, y eso es la vulneración de un derecho fundamental, lo cual ha sido posible por la aprobación de la Corte de Apelaciones de Talca”, concluyó el académico de la Católica del Maule.

Además de mantenerse movilizados, la próxima semana, los trabajadores del sindicato anunciaron que se acercarán a algunos parlamentarios en busca de apoyo para derogar el mencionado artículo.

Fuente: la Lira del Maule


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