La Pampa necesita el agua del río Atuel

El agua considerada como bien privado es uno de los principales disparadores de conflictos en América Latina

La Pampa necesita el agua del río Atuel

Autor: Cesarius

El agua considerada como bien privado es uno de los principales disparadores de conflictos en América Latina. El caso del río Atuel es un buen ejemplo. Mendoza y La Pampa, en Argentina, se disputan el agua mientras la contaminación y el calentamiento global hacen el resto. La disputa llega en octubre al Tribunal Latinoamericano del Agua.

El río Atuel dejó de correr totalmente durante 25 años por La Pampa cuando se construyó la presa de El Nihuil en 1949, entonces los humedales desaparecieron, los pastizales se secaron, los animales murieron, la población migró. Hoy, la poca agua que llega al desierto pampeano, está salinizada y contaminada con pesticidas del regadío de Mendoza y no es apta para el consumo humano ni para la agricultura. El cambio climático, que ha afectado a los glaciares de la cordillera andina, ha agravado la situación”, señala el ingeniero agrónomo y presidente de la Fundación Chadileuvú, Héctor Eduardo Gómez al hablar del drama hídrico y del conflicto jurídico entre las provincias argentinas de Mendoza y La Pampa, un caso será presentado en Audiencia Pública ante el Tribunal Latinoamericano del Agua a finales de octubre de 2012.

El conflicto entre ambas provincias por el río se remonta a principios del Siglo XX cuando en 1918 Mendoza produjo el primer corte en su curso, desapareciendo el brazo principal del río, conocido como “Atuel Viejo”. Como en un juego de espejos, una nueva retención aguas arriba del río para alimentar las ricas vides mendocinas desapareció también la colonia agrícola El Butaló en 1930 y poco después el arroyo de La Barda, con el golpe mortal para el cauce hídrico pampeano que supuso la construcción de la presa hidroeléctrica El Nihuil en 1947.

“En aquel momento La Pampa no tenía voz política para cuidar por sus intereses, quien debiera haber velado por ellos fue la Nación Argentina, pero no lo hizo”, señala Gómez, refiriéndose a la creación tardía (1952) de la provincia de La Pampa como ente jurídico, uno de los argumentos que precisamente arguye la provincia histórica de Mendoza cuando reivindica la no-retroactividad legal y su “derecho legítimo a la totalidad del agua del río”.

Desde entonces, mucha literatura ha corrido acerca del uso de suelos, los derechos originarios del agua, la integralidad de cuencas, el derecho humano al agua o ladesertificación de las tierras del oeste pampeano, sin embargo la presión de los intereses agrícolas mendocinos ha bloqueado la aplicación de leyes, veredictos, iniciativas y acuerdos entre los gobernadores de provincias.

Una de estas leyes fue la resolución 50/49 de la Secretaría de Energía de la Nación que establecía que El Nihuil debía de realizar tres sueltas de agua anuales; otra de ellas fue el veredicto de la Corte Suprema de Justicia, que tras un largo juicio, en 1987 estableció “la inter-provincialidad del río Atuel” y exhortó a Mendoza a que realizara obras para mejorar la eficiencia del riego. Esta misma resolución también señalaba, no obstante, que Mendoza tenía derecho a regar 75.600 hectáreas de tierra y que el agua excedente tenía que ser motivo de “convenios inter-provinciales tendientes a una participación razonable y equitativa”, ambigüedad terminológica que dejó los acuerdos en suspensión.

ACUERDOS TRUNCADOS

Veinticinco años después del pronunciamiento de la Corte Suprema, no ha habido acuerdo razonable alguno entre Mendoza y La Pampa. Mientras aguas arriba el río Atuel goza de un caudal anual de alrededor 35m3/seg., aguas abajo este apenas llega a m3/seg. Las tierras de los puesteros siguen secas y un importante sector de los regantes mendocinos se ha blindado tras un entramado legal que, según Gómez “les ha permitido expandir su sistema de irrigación sin ceder ni una gota de agua”. Precisamente esta negativa rotunda de los regantes del río Atuel a compartir lo que consideran una propiedad originaria según la doctrina hídrica que adjudica la tenencia de agua al territorio de su nacimiento, truncó uno de los últimos acuerdos entre La Pampa y Mendoza: el Convenio firmado en 2008 por los entonces gobernadores de ambas provincias,Celso Jaque y Oscar Mario Jorge.

Este Convenio, que fue estimulado por la Nación Argentina, se centraba en uno de los puntos nodales de la resolución de la Corte Suprema del 87, la eficiencia del riego. A través de él se acordó que Mendoza haría obras en sus sistemas de riego y que los 10m3/segundo del agua excedente -que es lo que los técnicos calcularon sería el fruto de la mejora de los sistemas de irrigación- se repartiría a partes iguales entre Mendoza y La Pampa. Para realizar estas obras, la nación argentina aportaría el 50% del presupuesto, Mendoza el 25% y La Pampa el otro 25%. Tras su firma, el convenio rápidamente fue aprobado por el congreso de La Pampa, que destinó incluso una partida presupuestaria propia para realizar obras en la provincia vecina, pero quedó trabado en el Departamento de Irrigación mendocino sin siquiera llegar a las puertas de su legislatura provincial. Las organizaciones mendocinas reclaman hoy su puesta en vigor.

LA DAÑINA ‘PROPIEDAD’ DEL AGUA

“En tierras mendocinas existe la conciencia popular de que, quizá el río podrá ser inter-provincial, pero que su agua les pertenece a ellos en propiedad”, señala Gómez, que indica que “los estudios hidrológicos señalan que la eficiencia de riego mendocina es actualmente es de un 30%” cuando con la tecnología de irrigación moderna podría ser de un 50 ó 60%.

En este contexto, “la conciencia medioambiental ha crecido en los últimos años”- apunta Gómez, que manifiesta su confianza en que el Tribunal Latinoamericano del Agua analice “los daños medioambientales y la falta de acceso al agua de la población causada por la política hídrica aplicada en territorio pampeano que ha acabado con la biodiversidad y con los humedales de la región, tanto por la escasez de aguas como por la alta contaminación química con la que llegan”

Las autoridades mendocinas del Departamento General de Irrigación guardan, por el momento, un pausado silencio al respecto. Mientras tanto se genera alarma también en su provincia por la incertidumbre hídrica, por el calentamiento climático que progresivamente derrite los glaciares que alimentan los nacientes del Atuel y por los márgenes de negociación que existen entre los regantes y la provincia vecina para cumplir el fallo dictado por la Corte Suprema de la Nación.

En la Audiencia prevista por el Tribunal Latinoamericano del Agua para octubre de 2012 también está previsto que comparezcan otros casos argentinos, como el de la “Posible contaminación de lo mantos acuíferos en González Catán, Matanza, Buenos Aires, Argentina”, otros casos regionales, así como un caso colectivo de México sobre el “Posible colapso ambiental en la República de México como resultado de las políticas de Estado implementadas en las últimas décadas”, que ya se trató en la Audiencia de 2009 en Estambul y parece tener hoy una carga probatoria más sólida.

Por Inés Giménez Delgado

Publicado en Otramérica


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