En conferencia de prensa realizada en la sede de la Federación de Sindicatos de Supervisores de Codelco (FESUC), se dieron a conocer los riesgos ambientales y económicos y se destacó que la fiscalización de quienes se adjudiquen el litio quedará en manos de las mismas empresas que lo exploten, es decir se controlarán así mismas.
La Federación de Sindicatos de Supervisores y Profesionales de Codelco, FESUC, manifestó en una conferencia de prensa junto al mundo académico y social que “paradójicamente, en el mes en que Chile cumple 202 años de vida independiente las autoridades decidieron entregar a privados un recurso natural que pertenece a todos los chilenos como es
el litio con falta absoluta de conocimientos técnicos sobre un mineral cuyas mayores reservas mundiales sólo tiene Chile, Argentina y Bolivia y con absoluta inexistencia de políticas que permitan su conocimiento, control y fiscalización”.
“Queremos alertar el peligro económico para el país, también sobre el medioambiental, puesto que no existen el mundo ni en Chile estudios serios y estamos a ciegas respecto del comportamiento de los salares en una explotación de esta naturaleza donde hay organismos vivos, flora y fauna, por tanto es irresponsable hacerlo en esas condiciones”, indicó el Presidente Subrogante de FESUC, Pablo Fernández, quien representa a dos mil mandos medios de Codelco.
Al respecto, el ex Presidente de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, Gonzalo Gutiérrez, científico de la Universidad de Chile, aseveró que “es muy delicado la entrega de la explotación del litio porque no existen estudios detallados de lo que significa un salar, de cuanta debe ser la cuota de extracción para asegurar el recurso en forma sustentable, por ello se ha planteado la creación de un Instituto del Litio y es una irresponsabilidad abrir una licitación sin claridad técnica respecto a cuanto se puede explotar y dónde”.
“A nivel mundial no están claras las reservas que existen y lo más conocido son los estudios realizados por la Comisión Mixta de Corfo en los años 80, hace 22 años, sobre la cantidad de litio del Salar de Atacama y de otros salares, pero se necesitan detalles de ello. Eso lo sabe el Subsecretario de Minería, Pablo Wagner, tal como lo ha planteado el Servicio Nacional de Geología y Minería, además deberá hacerse una fiscalización exhaustiva de cómo se está extrayendo el
litio por SQM y Chemetall”, precisó el científico.
Gutiérrez aseguró que “la legislación es clara al decir que es el litio es un mineral no concesionable y la Corporación de Fomento es dueña del Salar de Atacama y el Estado podría explotar esas pertenencias, tal como podría hacerlo Codelco. No hacerlo es tener poca visión de Estado”.
Por su parte, Gonzalo Martner, Doctor Economía de La Sorbona y Director del Programa de Magister de Políticas Públicas de la Universidad de Santiago, indicó que el gobierno realiza una operación “para cercenar las capacidades del Estado de disponer de un recurso.
Al mismo tiempo el decreto que establece los requisitos para los contratos especiales de operación para la exploración, explotación y beneficios entrega al inspector que va a notificar cuánta es la extracción de este producto será nombrado y contratado por la propia empresa que se adjudicó el contrato y con el acuerdo de un comité dónde la misma empresa tiene la mitad de los componentes, 3 de 6, por tanto ésta tendrá derecho a veto, por lo que la compañía que tenga el
contrato de concesión estará en condiciones de controlarse a sí misma. Notable manera de defender los intereses colectivos”, ironizó.
Matías Meza Lohapendia abogado del Observatorio Ciudadano manifestó que “hay falta de información sobre los impactos de la explotación del litio, como el de las cuencas hidrográficas y cómo se relacionan las formas de vida de los pueblos indígenas en el desierto. Hay también un estándar internacional al cual Chile está obligado a cumplir que es
respeto a la participación política de los pueblos indígenas y que se manifiesta en el derecho a la consulta y a la participación de los beneficios, esto está consagrado en el Convenio 169. Estas licitaciones deben ser consultadas previamente a su adjudicación a los pueblos indígenas. Cabe señalar que esas consultas no necesariamente
requieren la aprobación de éstos, pero sí supone que se oriente un diálogo cultural que busque un acuerdo entre las partes, que es el Estado. El convenio 169 en su artículo 15 sobre los beneficios de los pueblos indígenas respecto a aquellos recursos naturales que estén en sus territorios, pero que pertenezcan al Estado, se debe no sólo
indemnizarlos por los daños sino que utilizar fórmulas para obtengan parte de los beneficios de los recursos”.
En ese sentido Meza señaló que el reglamento de consulta a los pueblos indígenas “debe estar ajustado a los estándares internacionales, y eso significa básicamente que se oriente el proceso de consulta hacia alcanzar un acuerdo con ellos Hasta ahora todos los intentos de consulta que ha presentado el gobierno, han sido procesos de entrega de información
por parte de la autoridad y de recepción por parte de las autoridades a las observaciones de las comunidades, pero no existe una instancia de diálogo con las organizaciones representativas y no los amigos del Gobierno. Eso en Chile no existe”.
FESUC / El Ciudadano