La Constitución del Ecuador permite a los pueblos y comunidades indígenas que apliquen sus normas con base en sus costumbres y tradiciones, con el fin de restablecer el orden y la paz social. Sin embargo, personas no indígenas, queriendo valerse del recurso constitucional, han detenido y castigado a personas que, bajo sus presunciones, son los responsables de un delito.
Uno de estos casos se registró en la comunidad de Andahualo Paccha, de la parroquia San Andrés de Píllaro, donde alrededor de 200 personas de la Junta del Campesinado llenas de ira ingresaron de manera arbitraria al domicilio de Luis Arnulfo Constante de 69 años, la mañana del 30 de septiembre.
Los moradores lo acusaban de ser el responsable del robo de unas vacas, por lo que procedieron a «hacer justicia» bañándolo en agua fría, ortigándolo, electrizándolo y golpeándolo con un cabresto.
Para dejarlo en libertad, fue obligado a firmar un documento en el que se comprometía a pagar cinco mil dólares. Frente a estos hechos, Constante presentó una alegación en contra de los dirigentes que encabezaron la acción «justiciera».
Al no existir pruebas que determinen la responsabilidad del ciudadano en dicho delito, se determinó que los líderes de la comunidad debían reparar la honra y buen nombre que afectaron con las acusaciones; por ello, se determinó que: en los medios donde salió la noticia se publique una disculpa pública, se contrate un vehículo para difundir la disculpa en todo Píllaro, que se le devuelvan los documentos firmados y que los dirigentes y miembros de la comunidad se disculpen con él.
Pedro Tisalema, fiscal de Asuntos Indígenas de Tungurahua, explicó que la justicia indígena sigue un debido proceso en el que el implicado tiene incluso la opción de defenderse de las acusaciones ante la asamblea que se conforma para analizar el tema.
Justicia indígena
En Tungurahua los pueblos que legalmente pueden ejercer la justicia indígena son: Tomabela, Quisapincha, Salasaca y Pilahuín.
“No es que el castigo sea el primer recurso a aplicarse, sino que se sigue un proceso de varias etapas. En el caso de aprobarse, este es aplicado por el líder de la comunidad y no por cualquier persona”, señaló.
El Fiscal indicó que la justicia indígena puede aplicarse únicamente cuando el hecho haya ocurrido dentro de la jurisdicción de las comunidades indígenas. Si no fue así, pierden la competencia y debe actuar la justicia ordinaria.
Además, aclaró que nadie tiene la potestad de ingresar violentamente a una casa a sacar a la persona implicada y tampoco pueden retenerla, pues de acuerdo con los principios indígenas, si el cabildo dispone su comparecencia, debe obedecer sin ninguna objeción.
Debido proceso
Las sanciones que establece esta justicia es la purificación con agua y ortiga, actividades comunitarias y expulsión temporal o definitiva de la comunidad.
“Los malos hábitos de la retención vienen a raíz de la creación de la supuesta Junta del Campesinado que dirigió a nivel nacional en la época del año 2012, la gente empezó a mal utilizar la justicia indígena y a confundirla con el ajusticiamiento”, señaló.
Procedimiento de la justicia indígena
- Willachina o demanda: la autoridad conoce del hecho y a los posibles responsables.
- Tapuykuna o investigación: se cumple en varias diligencias como inspección ocular, testimonios, versiones y documentos.
- Chimbapurana: confrontación entre acusado y acusador, instalación de la asamblea e información de los hechos, aclaración entre las partes y presentación de pruebas.
- Killpichirina o sanción: adoptada por la asamblea.
- Pakachina o ejecución: de ser el caso, se aplica la sanción ya que puede decidirse el perdón.
- Tantanakushpa cushirina: es el gozo por la solución del conflicto y la etapa de la amistad, perdón y prerrogativas.
https://www.elciudadano.cl/colombia/aplican-justicia-indigena-a-dos-hombres-que-portaban-armas-en-colombia/10/24/
https://www.elciudadano.cl/pueblos/justicia-indigena-condena-a-dos-miembros-de-grupo-subversivo-del-eln/07/11/