Ante la situación política actual del supuesto “presidente interino” Juan Guaidó, -cargo que se auto adjudicó el 23 de febrero del presente año-, quedan muchas interrogantes en el ambiente, una de ellas es si seguirá siendo el «Primer Mandatario» luego de incumplir el artículo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) que él mismo invocó en su «toma de posesión» en una plaza pública, ante un puñado de sus seguidores.
Otra interrogante pudiese ser, qué sucederá luego de que la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), por solicitud del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), le eliminara su inmunidad parlamentaria (ya que en realidad era diputado y Presidente de la Asamblea Nacional (AN), acotando que este ente se encuentra actualmente en desacato). Estas y otras preguntas dejan muchas dudas en cuanto a su actual estatus político.
Es por ello que hacemos una serie de “preguntas frecuentes”, que seguramente pasan por la mente del lector, y que les permitirá entender la posición actual,-con respecto a los organismos jurídicos venezolanos-, de este ciudadano.
- ¿Juan Guaidó sigue siendo diputado?
Si, sigue siendo diputado. Él ha sido desaforado pero no destituido como parlamentario. Al considerar el TSJ en Sala Plena que existe mérito para ser juzgado, aunque ello no presupone adelantar opinión de fondo al respecto, sin dudas es el requisito que exige el texto constitucional (CRBV), para que proceda el levantamiento o suspensión del fuero parlamentario.
- ¿Juan Guaidó puede asistir a la AN y ejercer el cargo de diputado?
No, ya que al allanar la inmunidad parlamentaria, sus privilegios como parlamentario quedan suspendidos mientras dure el juicio y hasta que se emita una sentencia definitiva.
- ¿Juan Guaidó, -según la Constitución-, goza de inmunidad y por ello no puede ser enjuiciado?
Esto no es cierto debido a que el privilegio o prerrogativa del fuero parlamentario no es una patente de corso. Los diputados pueden ser enjuiciados y sancionados por los delitos que cometan, según se establece en las leyes venezolanas.
- ¿La ANC carece de competencias para enjuiciar a Juan Guaidó?
La ANC, como este superior, si tiene competencias para levantar la inmunidad parlamentaria y ordenar la prosecución de enjuiciamiento a Juan Guaidó por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. La llamada “irresponsabilidad parlamentaria” no es absoluta y por mandato constitucional (Art 7 CRBV), todos estamos sometidos a la Constitución. Al encontrarse la actual AN en desacato, carece de legitimidad jurídica para conocer de la solicitud hecha a la ANC por el TSJ.
- ¿Qué viene luego de allanada la inmunidad parlamentaria de Juan Guaidó?
Lo que corresponde es un juicio al parlamentario por ante la Sala Plena del TSJ. El Fiscal General de la República (Tarek William Saab), ejercerá la acusación, acto seguido Juan Guaidó deberá designar a sus abogados, luego se fijará la fecha para que tenga lugar la audiencia respectiva. El juicio seguirá su curso procesal conforme al procedimiento de ley hasta la sentencia final que lo condene o absuelva de los cargos.
- ¿Qué pasará con las 200 Unidades Tributarias de multa impuesta a Juan Guaidó?
Juan Guaidó debe cancelar la multa que se la ha impuesto, su negativa o incumplimiento podría acarrear sanciones adicionales para este ciudadano.
- ¿Qué pasaría si Juan Guaidó huye del país?
Se le consideraría prófugo de la justicia venezolana y se libraría contra él una orden de captura internacional.
- ¿El Procurador de la República debe hacerse parte en el juicio?
Solo en el caso de estar comprometidos intereses patrimoniales de la República, en ese caso está obligado por mandato constitucional a hacerse parte de la acusatoria contra Juan Guaidó.
Actualmente, este proceso se encuentra en «pleno desarrollo», como diría el periodista Walter Martínez, por lo que, en lo sucesivo, seguirán apareciendo nuevas interrogantes que iremos dilucidando en próximas entregas.
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