Los presos políticos mapuche de la CAM, Héctor LLaitul Carrillanca y Ramón LLanquileo Pilquiman, iniciaron este miércoles 14 de noviembre una nueva huelga de hambre en la Cárcel de Angol en protesta por la aplicación de la Ley Antiterrorista que los condena a 8 y 5 años respectivamente y exigen que no sean doblemente condenados por los Tribunales civiles y militares.
Mediante un comunicado, ambos presos políticos informaron su decisión y amenazaron con llegar hasta las últimas consecuencias. La decisión se sustenta en dos demandas principales: declaran que han «sido perseguidos y condenados injustamente, a través de la aplicación de la Ley Antiterrorista, utilización de “Testigos Secretos” siendo condenados a 8 y 15 años respectivamente» y que estas condenadas fueron aplicadas por un tribunal civil y otro militar, «violándose el principio jurídico del “NOS BIS IN IDEM”. Siendo condenados a 3 y 4 años por la Justicia Civil cuando ya habíamos sido absueltos, por los mismos hechos (Fiscal Elgueta) por la Justicia Militar», señalan en la declaración.
En consecuencia, los mapuche sostienen cuatro demandas principales: Libertad a todos los presos políticos mapuche en Chile, reparación a la transgresión del “NOS BIS IN IDEM”, permitiendo la rebaja de nuestras condenas de 8 a 4 años (LLanquileo y Huillical) y de 15 a 11 años (LLaitul), derecho a los Beneficios Carcelarios, en el caso de Ramón LLanquileo, que reconozca su calidad de preso político y comunero y, finalmente, reconocimiento de la calidad de presos políticos mapuche para todos, «que se traduzca en condiciones dignas, reclusión segregada, derecho a una atención de salud oportuna y de calidad, espacios adecuados para la práctica de nuestra cultura y religiosidad».
DOBLE PROCESO
Ambos presos fueron doblemente procesados a través de la justicia civil y militar, al mismo tiempo, lo cual constituye una de las tantas violaciones al Debido Proceso, denominada Non bis in idem, por lo tanto, una de las causales que sustentan la Demanda Internacional ante la CIDH.
El Non bis in idem (Latín: No dos veces por lo mismo), es considerado un derecho fundamental que prohíbe que un acusado sea enjuiciado dos veces por un mismo delito. En otro sentido implica que no pueda valorarse dos veces un mismo hecho o fenómeno para calificar la tipicidad de un delito o evaluar la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.
Ante un tribunal un acusado puede declararse como autrefois convict (Francés: Ya he sido condenado) si el acusado ya fue enjuiciado y condenado o al contrario puede manifestar autrefois acquit (Francés: Ya exculpado) si ya ha sido encontrado inocente en un juicio previo, como lo ocurrido en este caso.
La situación es de suma gravedad puesto que la Corte Suprema chilena ratificó una condena que viola dicho derecho, estando ya en antecedentes que las sentencias eran absolutamente contradictorias. Mientras la Justicia Militar los absolvió, señalando que si bien los hechos existieron no se pudo determinar la responsabilidad de los acusados, la Justicia Civil los condeno en base, únicamente, al testimonio del testigo secreto N° 26 (Elcides Pilquiman).
El Ciudadano