Contraloría: Ordenanzas municipales no pueden prohibir a vecinos alimentar a gatos y perros callejeros

La Contraloría General de la República ordenó a la Municipalidad de San José de Maipo modificar su ordenanza que prohibía la alimentación, provisión de aguas e instalación de casuchas para gatos y perros callejeros

Contraloría: Ordenanzas municipales no pueden prohibir a vecinos alimentar a gatos y perros callejeros

Autor: Absalón Opazo

La Contraloría General de la República ordenó a la Municipalidad de San José de Maipo modificar su ordenanza que prohibía la alimentación, provisión de aguas e instalación de casuchas para gatos y perros callejeros. Esto, por ir en contradicción con lo establecido en la «Ley Cholito» que regula expresamente la situación de estos animales.

El dictamen surgió a raíz de una presentación ciudadana en contra del municipio. En esa línea, desde el ente contralor señalaron que el alcance de esta resolución es extensivo a todas las municipalidades del país.

El argumento entregado por la Contraloría es que la Ley 21.020 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía reguló expresamente la situación de los animales que se encuentren abandonados o perdidos, en particular, la de gatos y perros callejeros.

Respecto de los primeros, establece que aún careciendo de dueño pueden ser alimentados y cuidados por la comunidad, sin establecer como prohibida esta conducta por parte de los vecinos. En el caso de los felinos, señala la posibilidad de monitorearlos por la entidad edilicia, “sin que se impida la provisión de cuidados por parte de la población”.

Además, el documento establece que la legislación “no solo ha permitido que puedan cuidar a los animales abandonados o perdidos, sin que por ello se establezca una sanción, sino además, ha prohibido y penalizado su abandono”.


Reels

Ver Más »
Busca en El Ciudadano