Nuevo Reglamento de la Ley de Transparencia

El nuevo texto consagra el secreto de la documentación y alegatos que haya tenido a la vista el Consejo para la Transparencia al declarar que una información es reservada


Autor: Sebastian Saá

El nuevo texto consagra el secreto de la documentación y alegatos que haya tenido a la vista el Consejo para la Transparencia al declarar que una información es reservada.

Este lunes 13 de abril fue publicado en el Diario Oficial el texto que fija el método y alcances del nuevo reglamento de la Ley de Transparencia – Ley 20.285 de Acceso a la Información Pública- que entrará en vigencia el 20 de este mes.

Esta ley fue promulgada en agosto del año pasado, lo que significó que el nuevo reglamento tuvo que ser diseñado en poco tiempo con el objetivo de que se pudiese implementar e integrar a la dinámica de los servicios públicos a los que se aplicará.

En este proceso participaron tres actores principales: la Contraloría, que debía aprobar el reglamento; el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, ocupada de redactar el texto; y el nuevo Consejo para la Trasparencia, que deberá resolver los casos en que un solicitante estime que recibió una respuesta insatisfactoria por parte de un servicio público.

El actual reglamento corresponde al segundo ejemplar redactado por el gobierno, ya que el primero fue devuelto por la Contraloría con sugerencias de modificaciones y cuestionamientos del nuevo Consejo para la Trasparencia. En ese momento se sancionaron algunos artículos que limitaban el acceso a la información pública.

Por su parte, el gobierno recibió presiones de las asociaciones de funcionarios públicos que rechazaron la disposición del texto original que obligaba a publicar los ingresos totales de quienes trabajan en estos organismos. A pesar de que sus sugerencias fueron consideradas, los gremios no quedaron conformes con la redacción final.

El texto final modificó el tema de los ingresos de los empleados públicos, ítem que no se podrá conocer en su totalidad. Pero además se suprimieron algunos párrafos y se mantuvieron otros que ponen en jaque la transparencia en el acceso a la información pública.

El nuevo reglamento consagra el secreto de la documentación y alegatos que haya tenido a la vista el Consejo para la Transparencia al declarar que una información es reservada. Desde este punto de vista se abre la polémica respecto a qué documentos se podrán solicitar apelando a esta norma y cuáles seguirán siendo reservados.

por Francisco Luna

El Ciudadano


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