La salvadoreña Cindy Erazo salió de la cárcel en libertad provisional este martes después de haber pasado seis años en prisión acusada de homicidio agravado por dar a luz a un bebé muerto, según informó en un comunicado el Centro de Derechos Reproductivos.
El de Erazo, de 29 años, es un caso paradigmático en un país como El Salvador, con una de las leyes más duras sobre el aborto, que lo prohíbe en cualquier circunstancia, y el que las aplica con mayor rigor.
La mujer sufrió una emergencia obstetricia en agosto de 2014 cuando se encontraba en un centro comercial de la capital del país, San Salvador, y fue detenida en ese mismo establecimiento. Estaba embarazada de ocho meses y una semana y fue trasladada inmediatamente a un centro sanitario, donde, tras dar a luz a un bebé muerto, surgieron las sospechas de que se había sometido a una interrupción voluntaria del embarazo.
En 2015, fue condenada a 30 años de cárcel acusada de haberse provocado un aborto, aunque un año después, en 2016, su sentencia fue cambiada a homicidio agravado y su pena se vio reducida a 10 años de prisión.
Ya en 2019 se le concedió el permiso de salir un día a la semana para visitar a su familia y a su hijo de 10 años, pero las restricciones impuestas para combatir la pandemia de coronavirus hicieron que se suspendieran estas visitas.
Precisamente ese fue el motivo que precipitó que la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto solicitara la libertad condicional anticipada de Erazo. Este mismo lunes el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de San Salvador aprobó la medida al reunirse varias de las condiciones necesarias, como que Erazo ya había cumplido más de la mitad de la pena.
Una estricta ley
Desde 1998 El Salvador tiene una legislación que prohíbe por completo la práctica médica del aborto, incluso si peligra la vida de la madre. Hasta esa fecha sí estaba permitido en caso de violación o riesgo para la salud del feto o de la madre. Quienes son condenadas por este delito se enfrentan a penas de prisión de entre dos y ocho años de cárcel.
Dos son los mayores problemas que encuentran las mujeres bajo este marco legal. En primer lugar, los abortos espontáneos o involuntarios siempre se encuentran bajo lupa y las mujeres que los sufren son sospechosas de haber cometido un delito. En segundo lugar, dependiendo de lo avanzada que estuviera la gestación, entre otras circunstancias, en ocasiones la calificación del delito varía a otros tipos penales más graves, como el homicidio, lo que puede llegar a acarrear hasta 50 años de cárcel.
Uno de los casos más conocidos fue el de Evelyn Hernández, que quedó embarazada a los 17 años fruto de una violación y tuvo una emergencia obstétrica que provocó la muerte del feto en la semana 32 de gestación. Aunque la joven fue sentenciada a 30 años de prisión, en 2019 consiguió la absolución.
En este caso la acusación no pudo acreditar dolo y el juez tomó en consideración el principio jurídico de ‘in dubio pro reo’, que dicta que en caso de duda se debe tomar la decisión más favorable a la persona juzgada.
Entre 2000 y 2014 se iniciaron 149 procedimientos judiciales contra mujeres por aborto u homicidio en diversos grados. 74 de ellas fueron condenadas por el delito de homicidio agravado y condenadas a penas de hasta 40 años de prisión. El 68,2 % de las mujeres encarceladas tiene entre 18 y 25 años y una educación limitada, mientras que el 82 % tenían pocos o ningún ingreso. Son datos que recoge una carta enviada el 1 de julio de 2020 al Gobierno de El Salvador por el Grupo de Trabajo sobre la Discriminación contra las mujeres y las niñas, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, el Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental y la Relatora Especial de Violencia contra la Mujer.
Actualmente, sin embargo, quedan en prisión otras 18 mujeres condenadas por este tipo delictivo.
Cortesía de RT
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