“Haremos valer reserva de constitucionalidad respecto de este inciso cuarto del artículo 17, dando por reproducidos los argumentos de los senadores Allamand, Pérez, Galilea, y desde luego lo expuesto por el ministro Moreno”.
Con estas palabras, el subsecretario de Obras Públicas, Juan José Ossa, entregó un claro argumento a quienes votarán Apruebo en el Plebiscito del 25 de octubre próximo. Esto, en el marco de la revisión de la reforma al Código de Aguas en la Comisión de Constitución del Senado, que preside Alfonso de Urresti (PS) e integran Rodrigo Galilea (RN), Luz Ebensperguer (UDI), Pedro Araya (Ind.) y Francisco Huenchumilla (DC).
La autoridad dejó sentada así la dificultad que tiene introducir cambios profundos a legislación en un tema tan sensible como el agua, por su colisión con lo que estipula la actual Carta Fundamental.
Ossa, quien concurrió con el ministro de Obras Públicas Alfredo Moreno, hizo la prevención al votar el nuevo inciso cuarto del artículo 17 del Código de Aguas, que establece que “en aquellos casos en que dos o más juntas de vigilancia ejerzan jurisdicción en la totalidad de la fuente de abastecimiento, por encontrarse ésta seccionada, la Dirección General de Aguas podrá ordenar una redistribución de aguas entre las distintas secciones, cuando una de estas organizaciones se sienta perjudicada por las extracciones que otra realice y así lo solicite fundadamente”.
Tanto el Ejecutivo como los senadores oficialistas cuestionaron la constitucionalidad de la redacción, argumentando que la figura atentaría contra la igualdad ante la ley (Art. 19 número 2 de la Carta Fundamental) por establecerse diferencias en la redistribucion de aguas y contra el derecho de propiedad (Art. 19 número 24) por considerar se establecen ciertas restricciones al ejercicio de los derechos.
Al respecto, el ex director de la Dirección General de Aguas, Carlos Estévez, aclaró que tal debate no corresponde darlo en la comisión: “Esta discusión se puede volver a sostener, se puede proponer hacer cambios al artículo. Pero en mi opinión no es una discusión sobre el carácter de la constitucionalidad sino más bien técnica, que podría ser objeto de una indicación por parte de los senadores o del Ejecutivo para cuando el proyecto vuelva a discusión en particular en comisiones técnicas, pero en ningún caso se puede decir que hay una discriminación”.
Estévez agregó que si en algún caso la hubiera, las partes podrán recurrir a las cortes de apelaciones respectivas mediante los recursos pertinentes.
Acto seguido, se votó el artículo siendo aprobado con los votos de Alfonso de Urresti (PS), Pedro Araya (Ind.) y Francisco Huenchumilla. Por el rechazo estuvieron Rodrigo Galilea (RN) y Luz Ebensperguer (UDI).
Ahora, la próxima semana corresponderá votar las modificaciones al artículo 20, que entre sus contenidos deja la entrega del derecho como un acto administrativo lo cual el oficialismo y el gobierno señalan atenta contra el artículo 19 número 24 de la Carta Fundamental. Es decir, contra el derecho de propiedad.