La aprobación de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) desató, tal como se esperaba, una lluvia de amparos por parte de las empresas que se sienten afectadas por dicha iniciativa.
Le enmienda aprobada en el Senado el pasado 3 de marzo, con 68 votos a favor y 49 en contra, busca favorecer a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en detrimento de ciertas empresas privadas en cuanto al suministro de electricidad. La reforma, entre otras cosas, pone fin a la obligatoriedad de comprar la luz a partir de las subastas, las cuales casi siempre favorecen, por su bajo costo, a las empresas privadas que despachan a través de granjas eólicas o solares, con el inconveniente de que su producción es intermitente, por lo que al final se debe recurrir de todos modos a las plantas generadoras de la CFE.
Ahora, el despacho de electricidad pone como primer elegida a las hidroeléctricas del Estado, en segundo lugar a las otras generadoras de la CFE y después a las empresas eólicas y solares privadas.
Otro de los puntos polémicos de la nueva ley es que regula el autoabastecimiento, el cual utilizan empresas como Oxxo (Femsa) o Walmart para surtir de energía a sus miles de tiendas, las cuales pagan menos que una tienda de abarrotes, según palabras del propio presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.
Justicia expedita
Al día siguiente de la aprobación de la LIE, los amparos llegaron a raudales a los juzgados federales. La justicia mexicana, en la figura de Juan Pablo Gómez Fierro, del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiofusión y Telecomunicaciones, de manera expedita otorgó las primeras suspensiones a la ley.
Al respecto, el doctor en Derecho, Fredy Erazo Juárez comentó a El Ciudadano que “existen dos tipos de leyes, las autoaplicativas y la heteroaplicativas. Las primeras entran en vigor una vez que se publican en el Diario Oficial de la Federación y no necesitan ningún otro acto para que puedan emanar el efecto de esa propia ley. Las heteroaplicativas si necesitan un acto para que se puedan llevar a cabo”.
La suspensión otorgada por el juez Gómez Fierro, “es un amparo contra leyes y solicitan la suspensión provisional para el efecto en tanto no se resuelva el asunto de la legalidad de esa ley, en todo caso que no existan actos que lleven a cuestiones de imposible reparación”.
“Es por ello que un juez federal puede, a través de su estadio jurisdiccional y su competencia, manifestar o señalar la suspensión del acto reclamado”, nos comenta Erazo Juárez, quien ha fungido como asesor jurídico en el Senado.
Pero esto no significa que la ley no pueda aplicarse, ya que se trata de suspensiones provisionales, es decir, una medida precautoria. Ahora, la autoridad señaladas, en este caso el Senado de la República, deberá enviar los informes donde justifica su actuación y el juez federal revisará que la ley que se aprobó no vulnere los derechos humanos de quien promovió el juicio de amparo.
Parque Solar Orejana y Eoliatec del Pacífico fueron las primeras en solicitar un amparo contra la aplicación de la Ley de la Industria Eléctrica, pero la suspensión del juez tuvo efectos generales, ya que se aplica al total de participantes en la industria.
Escenarios
En caso de resolverse a favor de los empresarios, el Senado estará obligado a legislar de nuevo. La otra opción es que el juez determine que la iniciativa es legal y no viola la Constitución. Al respecto, Erazo Juárez contempla otro escenario:
“El Ejecutivo puede presentar un decreto que no afecte directamente a las empresas que se sienten vulneradas por lo que respecta a las concesiones; en este caso, a los contratos o permisos que tengan”.
La bancada de Morena aseguró, tras la aprobación de la reforma, que sería muy difícil echarla abajo, aunque esperaban una dura batalla por parte de los empresarios cuyos contratos serían revisados, y en algunos casos revocados, por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), siempre y cuando se hubieran obtenido mediante prácticas de fraude a la ley.
Ayer, 25 de marzo, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó un aviso de la Secretaría de Energía (Sener) para informar que la Ley de la Industria Eléctrica queda temporalmente sin efecto.
Ahora, los poderes Ejecutivo y Legislativo pueden impugnar la suspensión y los jueces, Gómez Fierro y Rodrigo de la Peza, quien también otorgó suspensiones, deberán analizar la constitucionalidad de la LIE.
Cabe recordar que cuando López Obrador canceló la construcción del Nuevo Aeropuerto de la Ciudad de México, en Texcoco, para edificar uno nuevo en Santa Lucía, 147 recursos de amparo llegaron a los tribunales, lo que llevó a una supensión de la nueva obra.
Al final, el presidente declaró asunto de “seguridad nacional” la construcción del aeropuerto, hoy llamado Felipe Ángeles, y el problema se destrabó.
De momento, la suspensión a la LIE obliga a mantener los cambios que se realizaron en 2013, en la reforma energética promovida por el gobierno de Enrique Peña Nieto, la cual en su momento fue señalada como inconstitucional y privatizadora.