Este día, la Sala Regional Ciudad de México, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), determinó revocar las candidaturas plurinominales de Morena, al Congreso del Estado, para Daniela Mier Bañuelos, Tonantzin Fernández Díaz, Carlos Evangelista Aniceto y Edgar Garmendia de los Santos, (en la foto).
Cabe precisar que la decisión fue porque la Comisión Nacional de Elecciones del partido, no acató a la convocatoria emitida; es decir, el órgano partidista debió otorgar las cuatro postulaciones por método de insaculación y no por designación directa, “dedazo”.
Ni modo; rompieron reglas
Los magistrados señalaron que la Comisión Nacional de Elecciones de Morena “rompió las reglas de la convocatoria”, porque al inicio afirmaron que la selección de estos perfiles por la vía de representación proporcional sería por sorteo, pero al final la designación de candidaturas fue por designación directa.
El presidente magistrado de la Sala Regional del Tribunal, Héctor Romero, aseveró que Morena rompió las reglas en la designación directa de cuatro candidaturas.
Arguyó que el partido usó como pretexto la implementación de acciones afirmativas para suspender elecciones abiertas y democráticas; reservando las cuatro primeras posiciones sin tomar en cuenta el sorteo, y la llevaron a cabo de manera directa. Esto vulnera los derechos de la militancia.
Así lo decidieron los magistrados tras emitir su fallo en el juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano SCM-JDC-815/2021, promovido por Juan Manuel Castillo Martínez, quien es aspirante a una posición plurinominal de Morena.
“Los cuatro primeros lugares son los de más posibilidad de acceso al cargo (de diputado local); y lo que hizo la comisión al reservarlos para definirlos por designación fue empujar a las personas que se inscribieron para participar en la insaculación después del quinto lugar; mermando la posibilidad de acceder al cargo público”
Héctor Romero
Presidente magistrado de la Sala Regional del Tribunal
¿Qué sigue?
El magistrado Héctor Romero comparó este caso de Puebla, con el del estado de Guerrero; donde el Tribunal revocó la lista de candidaturas a las diputaciones locales, por el principio de representación proporcional y ordenó a Morena reponer el proceso de selección.
Ahora, Morena deberá dar preferencia a los insaculados a la hora de asignar las primeras cuatro posiciones.
El magistrado detalló que si de ese listado no hay perfiles potenciales, que además cumplan con la paridad de género y atiendan acciones afirmativas, características que motivaron la reserva del 9 de marzo; entonces y solo entonces, el partido podrá realizar una designación directa.