Avala Congreso de Puebla serie de reformas a favor de igualdad de género

Una serie de reformas a diferentes leyes de Puebla en materia de igual de género y concientización fueron avaladas en el Congreso

Avala Congreso de Puebla serie de reformas a favor de igualdad de género

Autor: Gabriel Díaz

Como parte del regreso de diputadas y diputados al Congreso de Puebla a las sesiones presenciales, después de un año de hacerlo en línea, se avalaron una serie de reformas a diferentes leyes estatales en materia de igualdad de género, igualdad sustantiva y concientización en ambos tópicos.

En primer lugar se reformó el artículo 92 a Ley de Turismo estatal para ofrecer capacitación a los y las trabajadores en materia de derechos humanos y de igualdad de género, así como para dar trato preferencial a personas con discapacidades y adultos mayores.

Lo anterior, según señalaron los diputados, se busca que aquellas personas que son “el primer contacto con los turistas” desarrollen medidas “de confianza en los visitantes”.

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Asimismo, se reformó el artículo 126 de la Ley de Movilidad y Transporte de Puebla para fomentar campañas, programas y cursos en la Secretaría de Movilidad también en temas de erradicación de violencia de género y de igualdad sustantiva.

Obligación de los tres poderes tomar cursos de sensibilización

El pleno del congreso también aprobó por unanimidad una adición al artículo 39 y 40 de la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado, en la cual se obligará a los titulares de los tres poderes a tomar y garantizar la impartición de cursos de sensibilización contra la violencia laboral.

También, como parte del punto 10 del orden del día, se reformó el artículo 6 de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para definir y ordenar de manera alfabética algunos conceptos como “acceso a la justicia”, “agresor” e “igualdad sustantiva”. En este caso se detalló que se trata de una propuesta de “ordenamiento legal”.

En otro punto, se avaló una segunda reforma a la anterior ley para que expresiones de burla o menosprecio hacia mujeres que amamantan en cualquier espacio de la vía pública o lugares concurridos como restaurantes o parques, sean consideradas como discriminación.

Por último se estableció reformar el artículo 2 de la Ley para Prevenir y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de personas, para garantizar la protección y asistencia a víctimas de este delito.


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