Amplían en Colombia casos en que puede solicitarse la eutanasia

La Corte Constitucional reiteró el exhorto al Congreso que ya había hecho en seis ocasiones para que "avance en la protección del derecho fundamental a morir dignamente"

Amplían en Colombia casos en que puede solicitarse la eutanasia

Autor: Marian Martinez

La Corte Constitucional de Colombia ha ampliado los casos en los que se puede solicitar la eutanasia o muerte asistida por un médico a pacientes con enfermedades no terminales, siempre que estos padezcan «un intenso sufrimiento físico o psíquico, proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable», informa la agencia EFE.

En Colombia la eutanasia para pacientes terminales es legal desde 1997, pero ese derecho fundamental a morir dignamente se comenzó a ejercer solo desde el 2015 y los procedimientos enfrentan una serie de barreras. 

Ese tribunal asimismo instó al Congreso colombiano a que «avance en la protección del derecho fundamental a morir dignamente, con miras a eliminar las barreras aún existentes para el acceso efectivo a dicho derecho». El Parlamento mantiene bloqueado desde hace años los proyectos de ley que buscan reglamentar la muerte digna.

«En el marco del respeto por la dignidad humana, no puede obligarse a una persona a seguir viviendo, cuando padece una enfermedad grave e incurable que le produce intensos sufrimientos, y ha adoptado la decisión autónoma de terminar su existencia ante condiciones que considera incompatibles con su concepción de una vida digna», señaló la Corte Constitucional.

La Corte Constitucional de Colombia amplía la eutanasia a pacientes con enfermedades no terminales
Foto: Shutterstock/referencial.

En concreto, de acuerdo con el reporte de El Tiempo, la Corte condicionó el artículo 106 del Código Penal que habla sobre el homicidio por piedad o eutanasia para decir que no es delito «cuando sea efectuada por un médico, sea realizada con el consentimiento libre e informado, previo o posterior al diagnóstico del sujeto pasivo del acto, y siempre que el paciente padezca un intenso sufrimiento físico o psíquico, proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable».

Además, la Corte reiteró el exhorto al Congreso que ya había hecho en seis ocasiones para que «avance en la protección del derecho fundamental a morir dignamente».

Fuentes: RT, El Tiempo.


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