Moción contra abstencionismo en la Convención: ajustado triunfo democrático de independientes y derrota de la Derecha, Frente Amplio, Squella y Harboe

"Quienes se abstengan serán considerados no votantes" establece el texto aprobado por la Comisión de Reglamento de la Convención Constitucional.

Moción contra abstencionismo en la Convención: ajustado triunfo democrático de independientes y derrota de la Derecha, Frente Amplio, Squella y Harboe

Autor: Leonardo Buitrago

Durante la sesión del martes, la Comisión de Reglamento de la Convención Constitucional acordó que aquellos constituyentes que se abstengan en las votaciones que lleve a cabo la instancia serán considerados como “no votantes” y, por ende, no se les tomará en cuenta para definir el quórum de las decisiones que se tomen.

Así quedó establecido luego de que se aprobará por 15 votos a favor y 14 en contra, una propuesta impulsada por Natividad Llanquileo y que contó con el respaldo de Bárbara Sepúlveda Hales e Ingrid Villena. Esta moción contó con el apoyo de las primeras naciones, la Lista del Pueblo, el PC, Movimientos Sociales Constituyente y diversas agrupaciones independientes.

En contra estuvieron Vamos por Chile, la Lista del Apruebo, el Frente Amplio (FA), Partido Liberal (Agustín Squella) y PS (Colectivo Socialista).

«Para adoptar cualquier clase de acuerdo que no tenga otro quórum fijado, se deberá contar con la mayoría simple de convencionales presentes y votantes, esto es, más del 50% de votos afirmativos, válidamente emitidos. Para los efectos de estas las normas mínimas de funcionamiento de esta Comisión, se entenderá que la expresión ‘convencionales presentes y votantes’ se refiere a las y los convencionales con derecho a voto, que se encuentran presentes y que votan a favor o en contra. Quienes se abstengan serán considerados no votantes. No se entenderán votos válidamente emitidos los votos nulos y blancos”, establece la moción.

Además, la moción aprobada plantea que en caso de haber un empate, la propuesta que se someta a la votación de la Comisión será rechazada por no cumplirse quórum requerido.

La convencional Bárbara Sepúlveda celebró la votación y aseguró que esperaba que “ojalá sea un precedente para todas las Comisiones”.

Por su parte, la constituyente Llanquileo explicó que el quórum de mayoría simple significa que las normas se aprueban con la mitad más uno de los presentes y votantes; es decir, no se consideran las abstenciones como votos válidamente emitidos.

«Si somos 31 convencionales y 4 se abstienen de votar, con la reforma de hoy la norma se aprueba con 14 votos. Con la norma antigua, en cambio, se requerían igualmente 16 votos, porque esas 4 abstenciones se contabilizaban como rechazos a la propuesta presentada», puso como ejemplo en un mensaje publicado en su cuenta en Twitter.

«Si el que se abstiene no emite preferencias ¿por qué se consideraba como rechazo? Nuestra reforma tomó el modelo de la ONU y de otras legislaciones del mundo, donde el que se abstiene, es decir, el que no manifiesta preferencias, no puede contabilizarse como un voto negativo», planteó la constituyente mapuche y abogada.

Cabe consignar que este acuerdo, aunque sólo rige para el funcionamiento de la comisión de reglamento, fija un estándar que debiera ser imitado por el resto de la comisiones y el pleno de la Convención, según estiman sus patrocinadoras.

Alto a la abstención de la derecha

La decisión de la Comisión de Reglamento de establecer que aquellos constituyentes que se abstengan en las votaciones que lleve a cabo la instancia serán considerandos como “no votantes”, constituirá un freno a las prácticas que los representantes de la derecha y el FA han venido realizando en las sesiones de la Convención.

Los 155 convencionales constituyentes no solo tienen dos opciones para el sufragio, sino que cuentan con cuatro alternativas: A favor, en contra, abstención y nulo.

Dentro de las 100 primeras votaciones del órgano encargado de redactar la nueva Carta Magna, el 87,7% de las ocasiones, los convencionales se ha manifestado una preferencia a favor o en contra de alguna materia analizada.

Sin embargo, también se han registrado “un total de1.293 abstenciones (8,3%) y 631 decisiones de no votación (4,0%)», así lo reveló un informe realizado por el cientista político y académico de la Universidad Diego Portales, Claudio Fuentes, junto a la plataforma Contexto.

El documento plantea que de los 155 convencionales que debiesen votar en cada oportunidad, en promedio 6,3 de ellos/as no lo están haciendo.

Asimismo, señala que 98 de los convencionales al menos en una oportunidad no registraron su voto (63,2%), y 57 han votado en cada una de las ocasiones (36,8%).

Vamos por Chile suma más de 520 abstenciones

Según el registro de las 100 primeras votaciones, Vamos por por Chile, que cuenta con 37 representantes, registra 526 abstenciones, que equivalen a un 40,7% y una tasa por convencional de 14,2%.

Le siguen la Lista del Apruebo, que está representada por 25 convencionales, quienes en las 100 primeras votaciones se abstuvieron 24 veces (18,6%), con una media de 9,6 % por convencional. Así como Apruebo Dignidad, cuyos 25 constituyentes se abstuvieron en 144 oportunidades (11,1%), con una tasa de 5,7% por convencional.

Agustín Squella lidera la abstención dentro de los constituyentes

En el caso concreto de los convencionales constituyentes, el representante del Distrito 7 , Agustín Squella (Lista del Apruebo, cupo PL), lidera la abstención con 44 de 100 las primeras votaciones realizadas por el pleno de la Convención, tal y como reveló @NYC_Prod.

Según este medio, también lideran las abstenciones Luciano Silva (30), Hernán Larraín (27), Juan José Martín (27), Goconda Navarrete (25) Bernardo De la Mazza (24) y Ruggero Cozzi (24), entre otros.

Por su parte, Felipe Harboe (PPD, Lista del Apruebo) no ha emitido su voto en 81 de las 100 primeras votaciones de la Convención.

https://twitter.com/ceppdi/status/1420235724310384643

Desde la cuenta de Políticas Públicas, señalan que «la confusión de Squella, y de los liberales que lo justifican, es que piensan que la abstención, el rehusarse a votar, es un «derecho» personalísimo del Convencional, ejercicio de «autonomía de la voluntad». Olvidando que es un representante popular, en una Constituyente».

https://twitter.com/ceppdi/status/1419495175408205826

Abstención para la obstrucción

A través de un hilo publicado en Twitter, Políticas Públicas explicó que la representación popular implica, por definición, llevar la voz de otros, para tornar decisiones ante una asamblea, en este caso, nada menos que una Constituyente, por lo que la abstención del voto debe ser considerado como un antónimo de un pronunciamiento, es decir, un no-pronunciamiento, en nombre de otros.

Recordó que en el caso de Chile, el Reglamento de la Cámara de Diputados que rigió largamente en el siglo XIX hasta inicios del siglo XX establecía: “Ningún diputado presente en la discusión o parte de ella podrá excusarse en votar”, por lo que no había lugar para el «no-voto»: la abstención.

https://twitter.com/ceppdi/status/1419498498513321985

Asimismo, desde Políticas Públicas se refieren a la vigencia del planteamiento de M. Gutiérrez, en su clásico “Anotaciones al Reglamento de la Cámara de Diputados” (1897), en el cual señala que la abstención distorsiona la representación popular y es un instrumento de obstruccionismo.

https://twitter.com/ceppdi/status/1419500569421549573

«El uso de la abstención como ardid de obstruccionismo se manifiesta en los quorum, en la aparentemente inocente frase que se incluyó en las normas provisorias de la Convención: «los convencionales presentes». ¿Cuentan las abstenciones? ¿Para mayoría simple? ¿Absoluta?¿Calificada? «, preguntan desde Políticas Públicas.

Por tal motivo, plantean que el reglamento de Convención Constituyente, y normas provisorias, debería ser categórico y establecer que los Convencionales tienen el deber de votar: afirmativamente o negativamente, y abstenerse en caso de conflicto de interés, previa autorización.

https://twitter.com/ceppdi/status/1419501469284421635

Además, señalan que las abstenciones no deben contar para los quorum.

Por tal motivo, manifestaron su respaldo a que la Comisión de Reglamento aprobara que, al menos en sus decisiones, las abstenciones no se contarán para efectos de quorum.

«Se dio un avance ante el uso y abuso que ha hecho Squella y la derecha de una situación irregular, no reglamentada», afirmaron.

Sigue leyendo: Convención Constitucional: Partidos políticos imponen fórmula de ampliación de Mesa Directiva que perjudica a independientes


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