Fuente original: LaNeta.cl
El derecho actual esconde mediante la igualdad formal la idea de neutralidad. Sin embargo, las feministas y los pueblos indígenas sabemos que es una trampa, una ilusión, y que, en la práctica, no es así.
El género, los derechos de los pueblos y naciones preexistentes, de la Naturaleza o Madre Tierra, la cultura, los DDHH, son temas que históricamente han sido tratados desde un enfoque de nicho, reduciendo su tratamiento a problemas de minorías.
Lo cierto es que la construcción de un Estado realmente democrático y acorde a los avances del constitucionalismo mundial debe considerar estos enfoques de manera transversal, a fin de garantizar una verdadera igualdad de derechos entre las y los miembros de la sociedad, considerando sus características específicas para igualar la cancha de la democracia de manera concreta y real. Solo así se supera una anquilosada y anticuada visión que consagra derechos en el papel, pero que a la hora de hacerlos efectivos choca con el prisma de la realidad y sus múltiples expresiones.
Hace años los estándares internacionales en la materia han elevado sus requerimientos, exigiendo la transversalización del enfoque de derechos como piso mínimo. Organismos como el Programa de Naciones Unidas en Chile y ACNUR han encomendado a nuestro país, a través de la publicación de una “Guía para la transversalización de género en el PNUD Chile desde el año 2006” y “Directrices sobre las cuestiones relativas a los pueblos indígenas”, realizar un tratamiento exhaustivo, profesional, con pertinencia y con participación de los titulares de estos derechos en la transversalización de estos enfoques en todas las esferas institucionales.
La Convención Constitucional no debe obviar esta recomendación, y es por ello que hoy las feministas y los pueblos indígenas partícipes en la redacción del nuevo texto fundamental, exigimos un proceso a la altura de los desafíos que nos plantean los organismos internacionales y los avances del constitucionalismo democrático. Sabemos que sólo podremos dar eficacia al principio de plurinacionalidad y a la perspectiva de género, si estos se materializan en todo el Reglamento de la Convención Constituyente.
Las Comisiones Transversales, que complementan e informan a las Comisiones Temáticas, son el mecanismo que puede informar e incidir respecto de estas materias en todos los ámbitos a lo largo del proceso de construcción de la norma constitucional. Pueden proponer una discusión tanto técnica como política de la transversalización del género y la plurinacionalidad a nivel constitucional, velando para que las normas sustantivas y adjetivas incorporen una perspectiva feminista, de género y plurinacional a lo largo de la nueva Carta Fundamental.
No contar con estas comisiones significa asumir el riesgo de probable olvido, relego o incluso la reducción de temáticas altamente complejas a un tratamiento superficial y poco especializado. Es momento de consagrar una Constitución más allá de la igualdad formal y avanzar hacia un Estado realmente feminista , plurinacional, verde y soberano.