“Nuestra apelación a la Corte Suprema solicitando se realice una consulta indígena en el Plan Regulador Metropolitano de Concepción, tomando en cuenta las 96 mil personas Mapuche que viven en el 13.5% de los hogares del Gran Concepción y que no han sido consultadas, ha sido acogida”, manifestó el senador Alejandro Navarro Brain.
De acuerdo al Presidente de la Comisión de DDHH del Senado, “quienes defienden la aprobación del PRMC, señalan que sus modificaciones no afectan a las comunidades, argumentando falazmente que en la intercomuna no se registra existencia de Comunidades Indígenas, por lo cual no habría afectación”.
“Pero esto es absolutamente falso, ya que son diversas las comunidades tales como Lafkén Palife de San Pedro de la Paz, Aukinko Wallmapu de Concepción, Nehuen Tuín Pu Peñi y Waj Mapu de Hualpén, o Koñintu Lakfen Mapu de Penco, entre muchas otras, las que existen en la Provincia de Concepción y que debieron ser consultadas durante el proceso de planificación”, afirmó Navarro, citado en nota de prensa.
“Por ello”, continuó, “es que pese a que nuestro Recurso de Protección fue rechazado en la Corte de Concepción, apelamos a la Corte Suprema, y esta lo ha acogido, y ha decretado que se oficie a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Conadi, para que emita un nuevo informe, y se pronuncie respecto a la normativa pertinente sobre la realización de una Consulta Indígena, dándole un plazo de 10 días para ello”.
Navarro agregó que, “yo espero que la Conadi tome consciencia de que su rol dentro del Estado no es representar a las comunidades, es hacer que la ley se cumpla en respeto de las comunidades, pues las comunidades urbanas Mapuche están solicitando una consulta indígena y se las debe respetar”.
“Creo que la Corte ha dado un paso importante, y esperamos que el informe de la Conadi esté a la altura de este organismo y para lo que fue creado: defender dentro del Estado los derechos de los pueblos indígenas de Chile”, recalcó el parlamentario.
Para finalizar, Alejandro Navarro recalcó que, “el 2011 la Corte Suprema dictaminó que la Actualización del Plan Regulador San Pedro de Atacama debía someterse a un Estudio de Impacto Ambiental, rejido por el Convenio N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales. Y en el caso del Plan Regulador Metropolitano de Concepción esperamos se utilice la jurisprudencia y por tanto se rehaga bajo la Consulta Indígena y con verdadera participación ciudadana, lo que significará sin duda un nuevo proyecto, pues es claro que el que hoy existe es una amenaza para el medioambiente y las personas”.