Los derechos humanos y el límite al poder político económico en Chile

La concepción tradicional de los derechos humanos se construye en torno a la idea de que son límites al poder público, sin embargo, esa visión excluye las relaciones empresariales muchas veces incrustado en el poder político del estado chileno

Los derechos humanos y el límite al poder político económico en Chile

Autor: Seguel Alfredo

Al hablar en Chile sobre violaciones a los derechos humanos, casi de forma inmediata se hace relación a los crímenes cometidos durante la dictadura cívico militar, sin embargo, durante los denominados gobiernos democráticos las violaciones han tomado diversas aristas, algunas de ellas:

1.- Negación oficial de las históricas violaciones cometidos por el estado a los pueblos originarios y que involucran crímenes de lesa humanidad, despojos territoriales, imposiciones coloniales, sin que hasta el momento existan mecanismos de reparación, cumplimiento efectivo del estándar internacional de derechos indígenas y sin que se asuman garantías de no repetición.

2.- estado de impunidad generalizada a los miles de casos de violaciones a derechos humanos durante la dictadura militar, con numerosos casos que siguen sin justicia y reparación.

3.- Proyectos de intereses privados impuestos en territorios, bajo el aval estatal, por sobre derechos humanos de una importante población de diversos pueblos a quienes no se les ha garantizado el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, derecho a la vida, a la integridad, a la paz social, a la salud, entre otros.

4.- Las sistemáticas violaciones a los derechos humanos o violaciones generalizadas a miles de personas, cometidas por instituciones estatales de armas, bajo la dirección del actual gobierno de Sebastián Piñera en el marco del denominado “estallido social” desde el 18 de octubre del 2019.

5.- Violencia, estado de excepción, leyes fácticas y acciones represivas en el sur de Chile en el marco de los conflictos territoriales del estado, empresas y latifundios con comunidades mapuche.

6.- Redes de corrupción de arcas fiscales al interior de instituciones públicas (pacogate, milicogate, pdi gate), cuyas acciones cometidas atentan contra la posibilidad que la población pueda satisfacer necesidades en sus derechos humanos de tipo social, como también, la utilización de instrumentos públicos de agentes del estado, para actuar a favor de intereses de grandes empresas, como ha ocurrido con leyes corrompidas como la ley de pesca o casos en intereses mineros, de energía, forestales, entre otros, incluyendo operaciones montajes desde unidades de inteligencia como los confirmados: “Huracán”, “Tauro”, “Andes” e incluso, las sospechas de un “bandera falsa” sobre las verdaderas autorías en los casos del metro de Santiago,  en el marco del ”estallido social”, mientras el presidente Piñera declaraba la guerra, indicando: ““Estamos en guerra contra un enemigo poderoso, implacable, que no respeta a nada ni a nadie, que está dispuesto a usar la violencia y la delincuencia sin ningún límite”.

Importante señalar, por violación a los Derechos Humanos se entiende toda acción mediante el cual un agente directo o indirecto del Estado vulnera, en cualquier persona y en cualquier tiempo, uno de los derechos enunciados y reconocidos por los instrumentos que conforman el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Derechos humanos y desafíos constituyentes

Si bien el Artículo 5º de la Constitución, inciso segundo, señala: “El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”, sin embargo, dichos tratados, de acuerdo al estándar de derechos y regímenes políticos modernos y democráticos, no están garantizados explícitamente en la actual carta fundamental, por el contrario, han sido mayoritariamente retórica e indicaciones vacías, que han posibilitado una serie de abusos y violaciones.

En ese sentido, la actual Convención Constitucional, debería tener como desafío que quede establecido garantizar el conjunto de los derechos humanos y no sólo los señalados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sino además los contemplados en los diversos tratados como los económicos, sociales, culturales y ambientales; Los civiles y políticos; Las normas de derechos indígenas; sobre Prevención y Sanción del Delito de Genocidio; Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial; Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; Sobre los Derechos de la niñez; Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad o Capacidades diferentes, que abren un importante abanico o catálogo para regular y fomentar sociedades justas y respetuosas.

En la actual Constitución Política, de origen ilegítimo y antidemocrática, el derecho a la propiedad se encuentra protegido de manera preferente y no se asegura que el estado resguarde derechos sociales de manera directa. Esto quiere decir que el Estado no se posiciona como primer responsable de satisfacer estos derechos, sino que los ha endosado al uso y abuso de su administración de entes privados en temas tan elementales como salud, vivienda, educación y previsión, cuyo ejercicio de estos derechos no se encuentra debidamente garantizados para la población, a pesar de las obligaciones internacionales que el Estado tiene.

Como se ha sostenido, un derecho está debidamente garantizado cuando es posible exigirle al Estado su cumplimiento. En Chile, en términos generales, esto se puede hacer a través de los tribunales de justicia por medio de un “recurso de protección”. El problema es que en teoría este recurso sólo está disponible para algunos derechos como la vida o a la propiedad y NO para exigir, a modo de ejemplo, derechos económicos, sociales y/o culturales, por lo que en la práctica no hay forma de protegerlos.

Asimismo, este régimen y modelo ha permitido entre otras cosas la privatización de la naturaleza. Por ejemplo, el derecho humano al agua, que si bien es considerado de uso de “todos los chilenos (as)”, se otorga su uso a empresas mineras, agroexportadoras, energía y transnacionales; lo que produce una escasez de este vital elemento y un alto costo del servicio para las personas.

Un tema también de gran relevancia, sostenido principalmente por un grupo importante de escaños reservados de Pueblos Originarios, es el cumplimiento internacional de derechos de los pueblos indígenas, incluyendo los procedimientos de consulta y participación indígena vinculante, sin embargo, dicha posición ha debido enfrentar a lo menos tres escollos:

  1. Las campañas racistas de los sectores del rechazo que buscan mantener la actual Constitución Política y sabotear el proceso democrático constituyente.
  2. El neocolonialismo de ciertos sectores “progresistas” ante la realidad y demandas desde las expresiones autónomas de pueblos originarios.
  3. Posiciones ambiguas y prácticas de la partitocracia tradicional en las formas de llevar procesos de “negociación” con perspectivas centralistas y verticales, que ha hecho preguntar desde algunos ¿los derechos humanos se negocian o se cumplen?    

Elecciones presidenciales: Entre el establishment o los avances en derechos humanos

Los sectores del establishment hoy están agrupados en la candidatura presidencial de Kast y con sus distintos matices, allí se encuentran los mismos que buscan mantener la impunidad con respecto a las violaciones a los derechos humanos, las mismas empresas que han contaminado y depredado territorios, los mismos que promueven el racismo y desde donde se han originado mayoritariamente las redes de corrupción político empresarial.

Por la otra parte, una opción que se ha ido configurando más bien en lo “social demócrata” es la de Boric, quien presenta importantes desafíos en materias directamente relacionadas con los derechos humanos y que aún no han sido debidamente formulados del cómo se asumirán para garantizarlos. A modo de ejemplo: 

  •  El cómo se les pondrá límite efectivo a las instituciones policiales y de armas en materia de derechos humanos y corrupción.
  • El resguardo y garantía efectiva del derecho humano al agua, en especial, aquellos territorios con severa crisis hídrica donde predominan intereses de grandes industrias extractivistas acaparadoras y saqueadoras del agua.
  • El hacer frente efectivo a los poderes fácticos y antidemocráticos que han predominado al interior del estado, organizados en instancias como la multigremial y que involucra a la patronal de sectores de camioneros, de la industria salmonera, forestal, energía, entre otros grupos del poder económico neoliberal, incluyendo sus impactos sociales y ambientales de este tipo de actividades a una amplia población en el País, justificándose por las fuentes de trabajo que generan, cuyas actividades han ido en desmedro de las economías locales.
  • La situación de cientos y cientos de casos de prisioneros en cárceles de Chile en el marco de protestas por justicia social.
  • El cumplimiento efectivo del estándar internacional de derechos humanos, incluyendo los derechos de los pueblos indígenas.

Alfredo Seguel


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