El enredo del Bono SAE

¿Es el Bono SAE un derecho, como el derecho a la vida o el derecho al feriado legal?


Autor: JavierVillalobos

¿Es el Bono SAE un derecho, como el derecho a la vida o el derecho al feriado legal?. La respuesta no es Sí ni No, la respuesta es Depende.

La dependencia de la existencia de este derecho nace de un cálculo que se debe hacer a fin de año respecto a los gastos educativos en que una institución educacional incurre. Lo lamentable de la situación, es que para poder determinar esta situación es un reverendo enredo legal.

Ya hemos visto la pelea entre los profesores y el Ministerio de Educación. Ahora se suman los apoderados, aludiendo de que están cansados de esperar por la educación de sus hijos. Incluso se habla de que se ha comenzado a mover a los alumnos de colegios públicos hacia colegios privados. Pero, ¿Por qué se ha producido toda esta situación?. Por desconocimiento.

Para poder entender este embrollo, hay que armarse de paciencia y llegar a un concenso, por causa de una legislación enredada… (resoplo de cansancio)…

Si muchos no lo saben, sucede que las remuneraciones en el ámbito educativo se establecen por ley. Es así, por ejemplo, que si a alguien se le ocurre que un profesor deba ser capacitado para perfeccionarse en alguna cosa, educativa claro está, se debe crear una ley que indiqué cómo y por cuánto. Es así, que hay varias leyes para distintos incrementos en las remuneraciones de los profesores. Un ejemplo de esto, lo pueden encontrar en la ley 19933 (Ver aquí). Ahora, de acuerdo a esa ley, en el artículo N°9, en primer lugar se dice:

«Los recursos que obtengan los sostenedores de los establecimientos educacionales del sector municipal, del sector particular subvencionado y del regido por el decreto ley Nº 3.166, de 1980, en razón de esta ley, por concepto de aumento de subvención o de aporte en su caso, serán destinados exclusivamente al pago de remuneraciones docentes.»

Pero luego, la ley 20158 (Ver aquí) indica que se agrega algo a esa ley 19933, y dice:

«Con todo, para los efectos del cumplimiento de lo establecido en el inciso primero del presente artículo, a partir del año 2007 y hasta el año 2010, en los meses de diciembre de cada año se aplicará el mecanismo dispuesto en la letra c) del artículo 10 de la ley Nº 19.410, en términos de comparar lo percibido por aplicación de los artículos 6º, 7º y 8º de la presente ley en el año de que se trate y lo pagado en similar período por concepto de incremento del valor hora, en los años en que procedió, el bono proporcional y la eventual planilla complementaria. El excedente que resultare se pagará necesariamente a los profesionales de la educación, de una sola vez, como bono extraordinario, no imponible ni tributable, proporcional a las horas de designación o contrato, durante el mes de diciembre de cada año. El Ministerio de Educación determinará los mecanismos de resguardo para la aplicación y pago de la Bonificación Proporcional y el Bono Extraordinario referidos en los incisos anteriores.» (las negritas fueron introducidas a propósito por mi, para destacar lo del cálculo a fin de año)

Pues bien, como se dan cuenta, hay una ley y luego otra, que en una suerte de «ojo que…», además indica que le mecanismo para hacer el cálculo está en la letra c) del artículo 10 de la ley 19410, o sea, otra ley más. ¿Es simple entonces, para la mayoría de los ciudadanos, entender que el bono SAE es o no un derecho, y si los profesores reclaman por reclamar?. No, no es simple. Porque, hasta antes del 2007, el bono SAE no existía. Y a partir del 2007, existe sólo y sólo sí, existen excedentes. Pero no son cualquier excedente. Es un cálculo que toma en consideración ciertos «gastos» referentes a platas que el Ministerio da, por ley y que los sostenedores deben gastar en ello. Por ejemplo, si el Ministerio le da 100 lucas a un sostenedor, para perfeccionarse en pedagogía y supongamos que ese item está en la ley, pero resulta que el sostenedor no logra conseguirse una capacitación por 100 lucas, sino que lo hace por 50 lucas, entonces a fin de año calculará que gastó 50 lucas, por lo tanto tiene 100 – 50 = 50 lucas de excedente que debe dárselo al profesor como Bono SAE.

¿Y si efectivamente el sostenedor gastó las 100 lucas en ese perfeccionamiento?. Entonces no hay Bono SAE. Pero, ¿qué pasa si el sostenedor de «buena onda» gasta las 50 lucas en un viaje instructivo para el profesor a la Cueva del Milodón?. Entonces, si la ley no establece que dicho gasto corresponde, el sostenedor se gastó la plata y no tiene como pagar el Bono SAE, pero ante la ley, se jodió no más. ¿Se equivocó, lo hizo a propósito?. A la ley no le importa, el sostenedor tiene 50 lucas de excedente y debe dárselas al profesor

¿Le quedó más o menos claro?. De malvado que soy, le enredo aún más la cosa. Resulta que entre todas estas leyes se incorporó un incremento del valor hora paulatino, pero resulta que con la ley 20158 se cambió la forma de cálculo de tal forma que parte de los incrementos no eran parte del cálculo final. Por ejemplo, supongamos que por incrementos, de las 100 lucas que le da el Ministerio, el sostenedor recibe después, 10 lucas más. Lo ideal sería que esas 10 lucas pasaran a incrementar el salario del profesor. Sin embargo, por razones que no son fiscalizables, esas 10 lucas el sostenedor podría utilizarlas para hacer otro tipo de reajustes salariales. Cuando llega final de año, el sostenedor dice, me dieron 110, gaste 110, no hay Bono Sae. Pero la modificacion de la ley dice: «No señor… esas 10 que le pasé no son para el cálculo final, ud. sólo gastó 100, por lo tanto, usted debiera tener 110 – 100 = 10 lucas de Bono SAE. Y aquí quedó la embarrá. Porque muchos municipios (que son los que reciben la plata para destinarla a los sostenedores) interpretaron mal la ley y se gastaron la plata. No necesariamente en «otras» cosas, sino más bien en cuestiones fuera del cálculo para el Bono SAE.

¿Y si los municipios ya no tienen plata, quién responde?. Y la respuesta es… Pero la cosa no termina ahí, pues hay municipios que dicen que esas platas que legalmente el Ministerio debió haber hecho llegar, no llegaron. Y si esto no fuera cierto, ¿Por qué entonces el Ministerio está ofreciendo dinero en cuotas para pagar el bono SAE?. ¿Es el Ministerio el Aval de los Municipios?. Hasta ahí no más llego, no sé los detalles de esa situación.

Sólo espero haber contribuido a tratar de explicar esto que por la televisión no vemos, pero que la información está ahí. Sólo hay que darse el tiempo y rascarse la cabeza un buen rato para entender a profesores, municipios, apoderados y Ministerio que están metidos en un embrollo porque los legisladores legislaron como las… como están las cosas.

Para ver de dónde saqué esta espantosa realidad, ver el video de la comisión de educación del 12 de Mayo de 2009, disponible en la página del Canal de los Diputados (Ir a Video aquí)

De acuerdo a todo esto, usted podrá claramente decir si los profesores reclaman con todo el derecho o no.

Por Javier Villalobos


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