El diputado federal Alejandro Carvajal Hidalgo recibió una amonestación pública por parte del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), por realizar manifestaciones calumniosas en sus redes sociales en contra del presidente municipal, Eduardo Rivera Pérez, durante su campaña política.
Durante la campaña electoral de junio de 2021, Alejandro Carvajal subió un video a su cuenta de Facebook en el que acusó que personal del ahora alcalde entregó leche del DIF en la colonia Bosques de San Sebastián, con el fin de coaccionar el voto.
En sesión ordinaria virtual, la magistrada presidenta, Norma Angélica Sandoval Sánchez, presentó el proyecto TEEP-AE-003/2022, promovido por el panista Eduardo Rivera contra el legislador morenista, Alejandro Carvajal.
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Los magistrados confirmaron que se cuenta con los elementos necesarios para declarar la existencia de la infracción atribuida a los partidos políticos del Trabajo, Verde Ecologista de México y Morena, quienes abanderaron al diputado federal por el Distrito 6.
Por lo anterior, ratificaron las medidas cautelares emitidas por la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral del Estado (IEE).
Desechan queja contra Claudia Rivera
Por no incumplir en actos anticipados de campaña fueron desechadas tres denuncias interpuestas ante el TEEP, entre ellas una contra de la expresidenta municipal, Claudia Rivera Vivanco.
El primer asunto especial fue el TEEP-AE-095/2021, promovido por el representante del Partido Movimiento Ciudadano, contra de Claudia Rivera Vivanco. Sin embargo, en abril de 2021, el organismo le impuso una amonestación pública por el mismo delito electoral.
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El segundo fue el TEEP-AE-131/2021, iniciado por el ciudadano Gerardo Aguirre Lozano contra el ahora presidente municipal de Huauchinango, Rogelio López Angulo.
El último fue el proyecto TEEP-AE-166/2021, del ciudadano Sergio García González contra de José Coronado Hernández.
En el estudio del caso, los magistrados no acreditaron la conducta atribuida a los denunciados, por lo que declararon como inexistentes los actos impugnados.
Foto: Agencia Enfoque