Por Alexis Lira Reyes
La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró improcedente la demanda de la excandidata a la dirigencia estatal del PAN, Genoveva Huerta Villegas, que presentó contra su partido por violencia política de género, debido a que fue realizada fuera de tiempo.
La también exdirigente estatal del Partido Acción Nacional (PAN) acudió a dicho órgano, luego de que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) le rechazó las medidas cautelares, porque acusaba a su partido que haberle ocultado información sobre la elección interna del 14 de noviembre, donde ganó Augusta Díaz de Rivera Hernández.
Este jueves 27 de enero, el TEPJF desechó la demanda de Huerta Villegas al considerarla “extemporánea”, ya que tuvo que haber sido interpuesta entre el 8 y 11 de enero pasado y ella lo hizo hasta el día 13.
“Al tratarse de un asunto relacionado con la elección de los Comités Directivos Estatales del Partido Acción Nacional (PAN), todos los días deben computarse como hábiles”, señaló.
Laura Tetetla Román
Secretaria General de Acuerdos
Incluso, el cómputo para la oportunidad de su demanda fue fuera de tiempo, ya que este venció el 12 de enero, señaló.
Sin embargo, Huerta Villegas aún tiene otro recurso pendiente en el TEEP contra la Comisión de Justicia del PAN por la resolución emitida el 17 de noviembre, donde se ratificó el triunfo de Díaz de Rivera Hernández.
Foto: Especial