Este martes, el pleno de la Convención Constituyente aprobó en particular los incisos 1 y 2 del Artículo 16 sobre Derechos Sexuales y Reproductivos, del informe de la Comisión de Derechos Fundamentales. De esta manera, se consagra la presencia de los Derechos Sexuales y Reproductivos en el borrador de la nueva Constitución de la República.
En específico, el artículo establece en su inciso primero que «todas las personas son titulares de derechos sexuales y derechos reproductivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, la reproducción, el placer y la anticoncepción».
Asimismo, indica en su inciso segundo que «el Estado garantiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones de un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos».
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Foto Portada: Agencia UNO