Derechos Sexuales y Reproductivos estarán en el borrador de la nueva Constitución tras aprobación de incisos claves en el plenario de la Convención

Artículo establece en su inciso primero que "todas las personas son titulares de derechos sexuales y derechos reproductivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, la reproducción, el placer y la anticoncepción".

Derechos Sexuales y Reproductivos estarán en el borrador de la nueva Constitución tras aprobación de incisos claves en el plenario de la Convención

Autor: Absalón Opazo

Este martes, el pleno de la Convención Constituyente aprobó en particular los incisos 1 y 2 del Artículo 16 sobre Derechos Sexuales y Reproductivos, del informe de la Comisión de Derechos Fundamentales. De esta manera, se consagra la presencia de los Derechos Sexuales y Reproductivos en el borrador de la nueva Constitución de la República.

En específico, el artículo establece en su inciso primero que «todas las personas son titulares de derechos sexuales y derechos reproductivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, la reproducción, el placer y la anticoncepción».

Asimismo, indica en su inciso segundo que «el Estado garantiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones de un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos».

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Foto Portada: Agencia UNO


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