Fotografía: Cauce Reserva Nacional Mocho-Choshuenco
El pasado lunes 28 de marzo, el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia acogió la medida cautelar solicitada por el Consejo de Defensa del Estado en la acción de reparación por el daño ambiental, en contra de la Compañía Forestal y Maderera Panguipulli, por el daño ambiental ocasionado sobre la Reserva Nacional Mocho-Choshuenco, a consecuencia de la intervención no autorizada del cauce de origen glacial en la cara este del complejo volcánico, que alimenta la cabecera del río Pillanleufu en la región de Los Ríos.
La medida consiste en la exigencia a la empresa demandada respecto de la elaboración y ejecución de un plan de trabajo que permita la restitución del cauce y del flujo de agua hacia el río Pillanleufu, permitiendo con ello el escurrimiento hacia el cauce original.
Este plan de trabajo, que debe ser presentado en un plazo máximo de 10 días corridos contados desde la notificación de la resolución, deberá estar aprobado tanto por Corporación Nacional Forestal (CONAF) como por la Dirección General de Aguas (DGA) y considerar la reorganización del sustrato en la zona afectada con la menor intervención posible del sector, evitando el uso de materiales ajenos a la propia ladera volcánica.
Al respecto, ambas instituciones fiscalizadoras, CONAF y DGA, deberán pronunciarse respecto del plan presentado por la empresa, supervisando además las labores de restitución señaladas, reportando al 3er Tribunal Ambiental el cumplimiento de dicha propuesta de trabajo.
Cabe señalar que la demanda presentada por el CDE el año pasado, relacionada a daño ambiental, se suma a la querella criminal interpuesta por el organismo en el año 2021, conforme la cual se solicitó investigar el delito de usurpación de aguas desde la Reserva Natural Mocho Choshuenco, con motivo de los mismos hechos.