Gestión comunitaria de agua potable rural y soberanía alimentaria: Derechos socioambientales de las futuras generaciones

Escribe Gloria Alvarado Jorquera, Constituyente de O’Higgins, Eco Constituyente y Movimientos Sociales en la previa de la última votación del pleno sobre contenidos medio ambientales

Gestión comunitaria de agua potable rural y soberanía alimentaria: Derechos socioambientales de las futuras generaciones

Autor: Seguel Alfredo

Este sábado llevaremos a cabo la última votación de propuestas de normas que serán incorporadas a la nueva Constitución y es una de las más relevantes pues los temas medioambientales y cada uno de los artículos que se han aprobado están a la altura para enfrentar la Crisis Climática y Ecológica que no sólo afecta a Chile como uno de los países más vulnerables lamentablemente, sino que además impacta la vida de las personas en condiciones de vulnerabilidad que ya sufren con la sequía, escasez hídrica, aluviones y eventos climáticos que desafían día a día nuestra existencia. 

En esta última jornada de votaciones de normas permanentes para la nueva Constitución hay temas que no pueden ser omitidos o votados en amarillo. La Gestión Comunitaria de Agua potable rural es una de ellas, paso a explicar: 

En las ciudades y cabeceras de comuna de Chile son las empresas sanitarias multinacionales las que proveen de agua potable y saneamiento, mientras que en la ruralidad y con un modelo totalmente distinto de administración son las Cooperativas y Comités de Agua Potable Rural, las que por más de 50 años y en base a voluntariado (7.000 Dirigentes hoy más menos) y ad honorem administran operan y mantienen el agua para sus comunidades. Abasteciendo a una población estimada de  2.000.000 de personas, con sobre 1.900 servicios de agua potable rural en nuestro país, las que se encuentran atomizados en los sectores rurales. 

Esta forma de gestión ha sido constantemente asediada por la privatización durante todas estas décadas, por tanto, no basta con que “la Constitución garantiza a todas las personas el derecho al agua y al saneamiento suficiente, saludable, aceptable, asequible y accesible” sino que es necesario proteger y preservar esta forma de administración comunitaria de entrega de un servicio básico, por ello es imperioso aprobar el artículo 5 que señala “el Estado deberá́ promover y proteger la gestión comunitaria de agua potable y saneamiento, especialmente en áreas y territorios rurales y extremos”. Ello aparte de  reconocer esta linda actividad devela que otros modelos son posibles y lo digo con convicción pues he trabajado en este modelo por más de 30 años.

Otro de los temas y que han sido abordados en las semanas territoriales es la actividad de la cultura de la pesca artesanal, pescadores de orilla, algueras, algueros de la región de O’Higgins, con quienes he tenido la oportunidad de compartir, como también con dirigentes de pesca artesanal de otras regiones de Chile, con quienes hemos estado trabajando la norma, y su gran demanda ha sido la recuperación del mar, su fuente laboral  pero también ecosistemas que han resguardado siempre, pues son los entornos en que viven y habitan respetando siempre los ciclos que permiten la regeneración. Por ellas y ellos es fundamental que el pleno apruebe la propuesta de consenso del artículo 9 que señala que “El mar territorial y las playas son bienes comunes naturales inapropiables” como también las indicaciones que van en mejora del artículo, entre ellos el establecimiento de los instrumentos de planificación, que se reconozca y proteja las prácticas y usos de las comunidades costeras y de la cultura de la pesca artesanal, la prohibición de la pesca de arrastre, la que no discrimina qué animales quedan atrapados o se frene su estado de crecimiento, forma de extracción tan dañina que finalmente extermina especies, entornos marino naturales  y daño al fondo marino, generando además pérdida de biomasa, siendo la sobrepesca una de las causas más importantes de la destrucción de los ecosistemas marinos según la FAO. 

Las propuestas que han emanado de la Comisión de Medio Ambiente están dando respuesta a las demandas socioambientales que nos trajeron, después de una grave crisis política, a redactar una nueva constitución y una de las demandas más sentidas es la de protección de los glaciares. Estas reservas hídricas serán resguardadas por la nueva constitución de aprobarse el artículo 11 que establece que “El Estado garantiza la protección de los glaciares y del entorno glaciar, incluyendo los suelos congelados y sus funciones ecosistémicas”. Esto debe ser complementado ciertamente con permitir realizar actividades científicas, deportivas y turísticas de bajo impacto y establecer que los glaciares y agua en estado sólido nunca serán susceptibles de autorizaciones de uso, pues ha sido bajo la actual constitución que se ha permitido la destrucción de glaciares como ocurrió con los proyectos mineros Pascua Lama de Barrick Gold, Los Pelambres de Antofagasta Minerals, Los Bronces de Anglo American y División Andina de Codelco que han intensificado la inseguridad hídrica en Chile. El país que cuenta con el 80% de los glaciares de Sudamérica, elementos naturales que son una parte importante del suministro de agua del planeta y con su proceso de acumulación y derretimiento, abastecen a los acuíferos superficiales en épocas de calor, no puede permitirse no proteger constitucionalmente estas reservas hídricas y más aún en contexto de crisis climática y ecológica. 

Por otro lado, sin semillas no hay soberanía alimentaria y a pesar de que en la Convención ya aprobamos el artículo 17 que señala que “Es deber del Estado asegurar la soberanía y seguridad alimentaria. Para esto “promoverá la producción, distribución y consumo de alimentos que garanticen el derecho a la alimentación sana y adecuada, el comercio justo y sistemas alimentarios ecológicamente responsables” sin el resguardo de las semillas no es posible ejercer la soberanía, tan evidentemente necesaria en tiempos que enfrentamos la subida de precios de la canasta básica de alimentos porque dependemos de mercados externos. 

La soberanía alimentaria es posible ejercerla siempre y cuando contemos con agua, acceso a la tierra, saberes y la semilla, por tanto, garantizar el derecho a la semilla tradicional libre de restricciones es completamente coherente y complementa lo que ya está integrado en la nueva Constitución. Esto lo saben quiénes llevan por años viviendo la agricultura familiar campesina, que tradicional y actualmente abastece y nutre a la mesa nacional, de  papas,  cebollas, porotos, zapallos y todo lo que le echamos a nuestra comida casera. 

La educación ambiental es otra arista que se incluye en el último informe que vota el pleno y es tan importante para nuestra y las futuras generaciones que es necesario relevarla. La propuesta establece que “Es deber del Estado garantizar una educación ambiental que fortalezca la preservación, conservación y cuidados requeridos respecto al medio ambiente y la Naturaleza, y que permita formar conciencia ecológica”. Esto no es un capricho ecológico. La educación ambiental se hace indispensable en la construcción de sociedades resilientes.  El estilo de vida de hoy en día es insostenible. La educación ambiental es una herramienta fundamental y una necesidad para una acción institucional más decidida para enfrentar los graves impactos de la Crisis Climática y Ecológica. 

El nuevo Chile requiere de una Constitución que esté a la altura para enfrentar la Crisis Climática y sus efectos para las futuras generaciones. No podemos dejarle a nuestros hijos y nietos la tarea de resolver los impactos que les hemos heredado. Llegar a redactar esta constitución nos ha costado años y décadas de trabajo en nuestros territorios y en defensa de los ecosistemas y de la vida. Eso es lo que busca proteger este informe de la Comisión de Medio Ambiente y el pleno debe velar por la seguridad hídrica y soberanía alimentaria que demanda con urgencia Chile.

Gloria Alvarado Jorquera

Constituyente de O’Higgins, Eco Constituyente y Movimientos Sociales


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