Los diputados en el Congreso de Puebla aprobaron castigar hasta con 5 años de prisión a los notarios públicos que simulen operaciones bancarias, no especifiquen sus formas de cobro, omitan sus responsabilidades o no paguen impuestos; además, avalaron la tabulación del cobro de honorarios para los abogados.
Ambas propuestas fueron enviadas por el gobernador del estado, Miguel Barbosa Huerta, dentro del paquete de iniciativas y nuevos ordenamientos que entregó al Legislativo hace casi tres semanas, el pasado 9 de junio.
En una primera sesión, con 12 votos a favor, los integrantes de las Comisiones Unidas de Procuración y Administración de Justicia y Gobernación y Puntos Constitucionales en el Congreso aprobaron varias reformas a la Ley del Notariado y el Código Penal del Estado de Puebla.
De acuerdo con la propuesta del mandatario, al añadir la fracción XXI del Artículo 112, se plantea sancionar la conducta de aquellos notarios que omitan señalar la forma de pago de la transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles, cuando las operaciones igualen o superen las 14 mil 417 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, un millón 387 mil 203.74 pesos.
Con los cambios al Artículo 242 se frenarán las acciones simuladas, pues no se podrá condicionar la autorización de algún lugar o servicio argumentando la falta de pagos, ya que todos los movimientos bancarios deberán estar declarados.
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Además, se sancionará de uno a 5 años de prisión y multa de 100 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que corresponde a montos de 9 mil 622 pesos y hasta 48 mil 110 pesos, a los notarios que no desempeñen personalmente sus funciones y su actividad notarial, ante los señalamientos de abandono de funciones o designaciones arbitrarias.
También habrá castigos para quienes vendan notarias o que omitan justificar sus pagos (mediante copia o impresión de las transferencias), según las modificaciones al Artículo 244.
Cabe destacar que la iniciativa sufrió algunos cambios, entre ellos los propuestos por la diputada Mónica Silva Ruiz (PT) y por el legislador Eduardo Alcántara Montiel (PAN), quienes solicitaron añadir y aclarar algunas disposiciones, para la protección de los ciudadanos.
Silva Ruiz pidió modificar el Artículo 44 BIS del Código Penal, para que las sanciones no sólo apliquen para los notarios corruptos y a quienes permitan la suplantación de su persona, sino que también alcancen a quienes no denuncian actos delictivos al interior de la Notaria, “ya sea por dolo u omisión en el debido ejercicio de su función”.
En tanto, Alcántara Montiel pidió garantizar la protección de los datos personales de los ciudadanos, pues originalmente, la iniciativa del gobernador pedía transparentar todas las transacciones económicas que se realizaran.
Dan luz verde a regulación del cobro de honorarios para abogados
En una segunda sesión, con 5 votos a favor y la abstención del diputado panista Eduardo Alcántara Montiel, se aprobó la nueva Ley para el Cobro de Honorarios de los Abogados o Licenciados en Derecho del Estado de Puebla.
De acuerdo con la iniciativa, se crearán tabuladores para fijar los precios mínimos y máximos que podrán cobrar los abogados, en especial los trabajadores independientes, al prestar sus servicios en la entidad.
Además, las tarifas o aranceles por concepto de honorarios deberán realizarse en Unidades de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor unitario actual es de 96 pesos y 22 centavos; mismos y dependerán del avalúo del bien.
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En la nueva ley vendrán definidos algunos conceptos como abogado, arancel, extensión, honorarios, interés del negocio y servicio profesional, etcétera, para no tener dudas sobre su aplicación o caer en ambigüedades al momento de dictar sentencias.
De acuerdo con el tabulador propuesto por el mandatario, las tarifas fijas para los escritos de demanda o contestación se cobrarán en 0 UMAS cuando el interés del negocio oscile entre las 0 y las 250 UMAS, más una tasa del 20 por ciento sobre el valor del bien.
Un abogado podrá cobrar 177.5 UMAS cuando el interés del negocio esté entre las mil 100.01 y 5 mil 600 UMAS, más una tasa del 10 por ciento aplicada sobre el valor del mismo.
El monto máximo será de 5 mil 811.5 UMAS, cuando el interés del negocio llegue a las 110 mil 000.01 UMAS o las supere, más el 2 por ciento del avalúo de lo que se tiene en pugna.
Es decir, en promedio un abogado podría cobrar desde los 192 pesos (en caso de que el bien valiera 10 UMAS) y hasta 770 mil 866 pesos con 53 centavos (cuando el avalúo supere las 110 mil 000.01 UMAS).
Cabe recordar que Raúl Hernández Argüelles, presidente del capítulo Puebla de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados AC, aseguró en entrevista con El Ciudadano México que la presunta tabulación de los cobros para la prestación de los servicios sólo aplicará cuando no exista un contrato, pacto o convenio por escrito previo entre el abogado y el cliente, pues respeta las disposiciones previstas en el Código Civil de Puebla.
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