Un total de 16 condenas por prácticas antisindicales o desleales aplicaron los tribunales del trabajo a lo largo del país durante el primer semestre de este año 2022. Así lo revela una nómina de estas sentencias condenatorias divulgada este martes por la Dirección del Trabajo (DT), organismo responsable de incluirlas en un registro semestral y entregarlas públicamente según lo impone el artículo 294 bis del Código del Trabajo.
La nómina de condenas publicada hoy es numéricamente parecida a la del segundo semestre del año 2021, que registró 17 sentencias. Al respecto, el director del Trabajo, Pablo Zenteno, recordó que «las prácticas antisindicales son absolutamente repudiables pues atentan contra uno de los derechos fundamentales clave de la legislación laboral, que es el de la libertad sindical o, dicho de otra forma, el derecho de trabajadores y trabajadoras a agruparse colectivamente en una organización formal que vele por sus intereses».
Zenteno destacó también que de las 16 sentencias condenatorias, en 12 la DT jugó un rol activo al investigar las denuncias, comprobarlas y luego elevarlas a los tribunales de justicia: «Este es un rol que la Dirección del Trabajo asume como una de sus prioridades estratégicas, puesto que su misión no se limita a defender a trabajadoras y trabajadores ante eventuales vulneraciones a sus derechos individuales, sino que también vela porque las organizaciones sindicales cumplan sin obstáculos de ningún tipo su trascendental rol en defensa de los derechos de sus afiliadas y afiliados», subrayó el director.
Sanciones y multas
Las sentencias condenatorias implicaron la aplicación de multas por un total de 1.860 Unidades Tributarias Mensuales, que al valor de julio, suman $108.341.280. Sin embargo, no son estas sanciones las más perjudiciales. En efecto, de acuerdo a la Ley 19.886, las empresas condenadas quedan excluidas durante dos años como proveedoras del sistema de compras públicas del Estado, a contar de la fecha en que la sentencia se encuentra en condición de ejecutoriada.
Respecto de las condenas del primer semestre del año 2021, un solo empleador vuelve a ser condenado. Se trata de la Corporación Educacional El Bosque, multada con 150 UTM por «separación ilegal de dirigentes sindicales». La condena anterior le significó una multa de 100 UTM por «vulneración de principio de buena fe durante el proceso de negociación colectiva».
En esa línea, otras de las infracciones que motivaron las sentencias condenatorias fueron: reemplazar a trabajadores en huelga, ofrecer beneficios durante la negociación colectiva, separar ilegalmente a dirigentes sindicales, separar ilegalmente a trabajadores/as con fuero de negociación colectiva, otorgar o convenir con trabajadores no afiliados a la organización sindical beneficios similares a los pactados en un instrumento colectivo, no descontar ni enterar la cuota sindical y no reincorporar a trabajadores/as aforados/as ante requerimiento de la Inspección del Trabajo.