Con modificaciones para fortalecer la propuesta inicial y subsanar los errores indicados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los integrantes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales en el Congreso de Puebla aprobaron las reformas a la Ley del Notariado.
La iniciativa del gobernador Miguel Barbosa Huerta, presentada el pasado 22 de septiembre, busca que se facilite la obtención de patentes notariales –al reducir los años necesarios de experiencia-, crear la figura de notario auxiliar y eliminar la discriminación por razón de género.
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De acuerdo con la presidenta de la Comisión, Mónica Silva Ruiz, el dictamen con el que buscan terminar con la corrupción que “ha empañado la actividad notarial” y dará certeza jurídica a los poblanos, será votado ante el pleno el próximo 13 de octubre.
En entrevista, señaló que en atención a la Corte se eliminó como requisito ser mexicano de nacimiento para obtener una patente, pues fue considerado inconstitucional tras una denuncia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Comentó que con el candado que pusieron, a petición de la bancada de Acción Nacional (PAN), se hará de carácter obligatorio que tanto postulantes como los notarios que autorizan que se realicen las prácticas profesionales deban informar sobre el hecho a la Dirección General de Notarías, pues ya no será de un año, sino de seis meses.
“¿Qué sucedía antes? Ibas con un notario amigo y te liberaba tus prácticas profesionales o con el propio dicho se podían liberar. Hoy ya no es así. La intención es que nadie se brinque ninguno de los pasos para ejercer la práctica notarial”
Mónica Silva Ruiz
Legisladora
La iniciativa del mandatario contiene reformas a 34 artículos de la Ley del Notariado para el Estado de Puebla para reducir el déficit de Notarías en la entidad y garantizar el principio de inmediación, con el que se obligará a que los responsables estén presentes en todos los ejercicios que necesiten su fe pública.
Cabe recordar que durante la actual administración fueron revocadas algunas patentes, ya que las autoridades estatales señalaron que el exgobernador Rafael Moreno Valle favoreció a varios funcionarios al entregar 29 permisos de funcionamiento sin regulación.
¿Cuáles son las modificaciones?
El Artículo 48 establece las normas bajo las cuales los abogados o licenciados en derechos pueden convertirse en notarios, haciendo una diferenciación entre los suplentes, los auxiliares y los titulares. Los diputados hicieron una adecuación para que una vez que ganen sólo puedan ejercer en el cargo por el que compitieron.
Cabe destacar que para facilitar la obtención de patentes se propone reducir los tiempos de ejercicio de la profesión, experiencia reciente. Además, derivado de la sentencia de la SCJN, se eliminó la necesidad de ser originario del estado, parámetros contenidos en el Artículo 55.
Del mismo modo, y para no controvertir a la Corte, se adecuó el Artículo 201, a fin de suprimir la suspensión de la función notarial al estar bajo vinculación a proceso por delito doloso calificado como grave, por considerar que esto viola el principio de presunción de inocencia.
Otras de las modificaciones fueron en favor de las mujeres, como el del Artículo 53, para eliminar la discriminación por razón de género; y al párrafo cuarto del Artículo 197, para no contabilizar los días hábiles que pide la convocatoria para postular los 45 días previos y posteriores al parto.
Además, la actualización y certificación notarial será de carácter obligatorio, para los titulares, suplentes y auxiliares de los despachos, según el Artículo 257.
Foto: Agencia Enfoque