Los diputados del Congreso de Puebla respaldaron la propuesta del gobernador Miguel Barbosa Huerta, para reducir el déficit de notarías en la entidad, al facilitar la obtención de patentes y autorizar la creación de la figura de notario auxiliar.
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Con 35 votos a favor, tres en contra y una abstención, el pleno aprobó las reformas a la Ley del Notariado, mismas que fueron modificadas previamente por los integrantes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, a fin de subsanar los errores señalados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Durante la discusión, la diputada panista Mónica Rodríguez Della Vecchia cuestionó la intención de la iniciativa, “al tener tintes políticos”, pues aseguró que el reducir los tiempos de antigüedad y ejercicio, podría provocar la entrega de patentes notariales a modo.
En tanto, la presidenta de la Comisión de Gobernación, Mónica Silva Ruiz, resaltó que las reformas buscan “terminar con la corrupción que ha empañado la actividad notarial”, en especial, al realizar trámites como testamentos o contratos de compra-venta, lo que dará certeza jurídica a los poblanos.
Asimismo, se garantizará el principio de inmediación, ya que se obligará a que los responsables estén presentes en todos los ejercicios que necesiten su fe pública.
Cabe recordar que en atención a la Corte, se eliminó como requisito ser mexicano de nacimiento y vivir en el estado de Puebla para obtener una patente notarial, pues fue considerado inconstitucional tras una denuncia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
También, a petición de la bancada del PAN, los postulantes a fedatarios públicos y los notarios autorizados para realizar prácticas profesionales, deberán rendir cuentas a la Dirección General de Notarías sobre los plazos de inicio y termino, pues ahora sólo durarán seis meses.
La iniciativa del mandatario estatal fue presentada el pasado 22 de septiembre y contiene la modificación y algunas adhesiones a 34 artículos de la Ley del Notariado para el Estado de Puebla.
¿Qué contiene la reforma?
El Artículo 48 establece las normas bajo las cuales los abogados o licenciados en Derecho puedan convertirse en notarios, haciendo una diferenciación entre los suplentes, los auxiliares y los titulares.
Para facilitar la obtención de patentes, se propone reducir los tiempos de ejercicio de la profesión o experiencia reciente, así como la realización de prácticas profesionales. Además, se eliminó el requisito de ser originario del estado para concursar, parámetros contenidos en el Artículo 55.
Otros cambios fueron a favor de las mujeres, como al Artículo 53, el cual elimina la discriminación por razón de género; y al párrafo cuarto del Artículo 197, que define protocolos de acción en caso de embarazo o parto de las postulantes.
Además, la actualización y certificación notarial será obligatorio para los titulares, suplentes y auxiliares de los despachos, según el Artículo 257.
Foto: Agencia Enfoque