Proponen prohibir loteos y edificaciones en terrenos afectados por incendios forestales en un periodo de 30 años

Comisión de Medioambiente de la Cámara retomó la discusión de la iniciativa que regula los cambios de uso de suelo, los actos administrativos y obras de subdivisión, urbanización y edificación de terrenos afectados por incendios forestales.

Proponen prohibir loteos y edificaciones en terrenos afectados por incendios forestales en un periodo de 30 años

Autor: Absalón Opazo

Esta semana, la Comisión de Medioambiente de la Cámara de Diputadas y Diputados retomó la discusión de la iniciativa que regula los cambios de uso de suelo, los actos administrativos y obras de subdivisión, urbanización y edificación de terrenos afectados por incendios forestales.

Dicho proyecto fue aprobado en general en la legislatura anterior (31 de mayo de 2021) y comprende en sus bases tres iniciativas refundidas originadas por diputados/as y exlegisladores.

Su fundamento es desincentivar el uso de los incendios como herramienta informal para generar cambios en el uso de los espacios siniestrados. Asimismo, busca establecer prohibiciones y obligaciones respecto de terrenos afectados por incendios forestales.

El diputado Diego Ibáñez (PCS), autor de uno de los proyectos, recordó que la iniciativa nació por el aumento de los incendios forestales en los últimos años. De ellos, acotó, el 98% son intencionales, alertando que los terrenos, luego del siniestro, cambian de uso de suelo para emplazar edificaciones.

Así, durante la sesión, el legislador presentó un paquete de indicaciones que la Comisión acordó que servirán de base para la presentación de otras propuestas de modificación. En esa línea, Ibáñez dijo que la nueva propuesta simplifica el texto y recoge acotaciones realizadas por el Ministerio del Medioambiente del Gobierno de Piñera más sugerencias de expertos.

El parlamentario indicó que se tomó «la experiencia comparada de España y México para crear un nuevo cuerpo normativo, que busca regular los usos de dichos terrenos. Así, se establece una prohibición para el cambio de uso de suelos que se extenderá por 30 años, 20 años menos de lo que planteaba el proyecto original. Este nuevo plazo se alinea con la recuperación endémica de los bosques, que se realiza entre 20 y 30 años», explicó Ibáñez.

Otras prohibiciones

Además, en el proyecto se prohíben ciertas acciones en los terrenos quemados. Por ejemplo, no construir o edificar, con excepción de reconstrucción de viviendas o infraestructuras ya existentes.

Igualmente, no lotear o subdividir los terrenos, o destinarlos a actividades distintas que afecten la cubierta vegetacional.

El diputado Ibáñez comunicó que se modifica, asimismo, la Ley de Urbanismo y Construcciones, con el objetivo de que, en la interfaz urbano-rural, los dueños de predios rurales faciliten el acceso de vehículos de emergencia para evitar incendios forestales.

Por otra parte, se cambia la Ley de Bosque Nativo, para modificar el concepto de incendio forestal. Es decir, que no solo afecte suelo forestal, sino también formación vegetal y áreas colindantes al límite urbano o centro poblacional.

Por último, se establecen sanciones a quien vaya en contra de la norma. Junto a ello, se propone la obligación de regenerar y recuperar la zona siniestrada con plantaciones de alto valor ecológico, prohibiendo el monocultivo de Pino o Eucalyptus.

El objetivo del proyecto fue compartido por las y los diputados, aunque se manifestaron ciertas aprehensiones respecto al plazo propuesto de 30 años. De igual modo, sobre la intencionalidad de los siniestros, que puede afectar predios destinados a otras actividades, que pueden verse impedidas de desarrollar.


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