Villa Alemana: Acogen reclamación de municipio contra Ministerio de Medioambiente por errónea delimitación de humedales urbanos

Con este fallo se deberá ampliar el área de humedales urbanos que fue declarada por el Ministerio en un inicio, dejando no solo una línea del curso de agua sino también considerar los bordes y la vegetación existente alrededor.

Villa Alemana: Acogen reclamación de municipio contra Ministerio de Medioambiente por errónea delimitación de humedales urbanos

Autor: Absalón Opazo

El 2 de diciembre de 2022, el Segundo Tribunal Ambiental resolvió acoger la reclamación interpuesta por el municipio de Villa Alemana (Región de Valparaíso), contra el Ministerio de Medioambiente, por haber declarado un área menor a la solicitada por la casa edilicia sobre los humedales urbanos Estero Lo Godoy y Pejerreyes, además de no haber considerado la flora hidrófita en la declaración de estas zonas de protección.

Al respecto, el alcalde (s) de Villa Alemana, Ramiro Vargas, declaró que «hemos sido notificados de la sentencia del Segundo Tribunal Ambiental por la que se acoge un recurso de reclamación interpuesto por este municipio en contra de la resolución 30 del Ministerio del Medioambiente. En esta resolución se declaraba al Estero Humedal Lo Godoy y Pejerreyes en un área distinta y menor a la que había sido solicitada por este municipio».

«Lo que se logró con este fallo es retrotraer el efecto de dicha resolución hasta poder considerarlo y evaluar nuevamente un área de mayor cabida según lo solicitado por este municipio. Seguiremos trabajando en la protección del medioambiente y en el buen vivir de nuestras vecinas y vecinos», agregó Vargas.

¿Qué dice el fallo?

Lo resuelto por el Segundo Tribunal Ambiental consta de dos puntos:

Primero, «deberá retrotraerse el procedimiento hasta la etapa que permita al MMA realizar las actuaciones destinadas nuevamente a validar, modificar o complementar la información presentada por el ente edilicio en su solicitud de reconocimiento de humedal urbano».

«Asimismo, al momento de dictar la resolución que ponga fin a dicho procedimiento, deberá procurar que la cartografía oficial considere la determinación de un polígono y no una línea, además de analizar las circunstancias del artículo 3° para garantizar las características ecológicas y el funcionamiento del humedal urbano, de acuerdo con lo establecido en esta sentencia».

En el segundo punto se detalla: «Aclarar que en el tiempo que medie entre la dictación de una nueva resolución exenta que ponga término al procedimiento, la realización de cualquier proyecto o actividad que pueda alterar el humedal Estero Lo Godoy y el Estero Pejerreyes, habrá de regirse íntegramente por las disposiciones legales aplicables en materia de protección ambiental, especialmente lo dispuesto en el artículo 10 letra s) de la Ley N° 19.300, esto es, deberá ser sometida en forma previa a su ejecución al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, si ello correspondiere».

Recordemos que el 14 de julio de 2021 el municipio solicitó que se declarara como humedales urbanos a los esteros Lo Godoy y Pejerreyes, en una extensión aproximada de 23,08 y 23,15 hectáreas, respectivamente, siendo el 13 de enero de 2022 declarados por el Ministerio de Medioambiente ambos como humedales urbanos, pero en una superficie menor a la solicitada.

De esta forma, la municipalidad ingresó una reclamación contra la resolución el 26 de abril de 2022, ya que en la declaratoria de humedales solo se consideraron los cuerpos de agua y no la vegetación alrededor de estos.

Luego, el 8 de septiembre de 2022 se desarrollaran los alegatos al respecto y finalmente, el Segundo Tribunal Ambiental emitió su fallo el pasado 2 de diciembre.


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